Resolución Ministerial N.° 452-2019-MTC/01
Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del area del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación
14 de junio de 2019
Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del area del Bien
Inmueble y del Valor de la Tasación
Aprobar la ejecucion de la expropiacion del area del inmueble afectado por la
ejecucion de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera San Marcos - Cajabamba -
Sa'usococha, Tramo: San Marcos - Cajabamba” y el valor de la Tasacion del mismo ascendente a SI 5,608.54, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nacion, el monto del valor de la
Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacion, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el area del Bien Inmueble a
Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga
la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), la información senalada en el articulo 30 del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el area del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atencion a lo establecido en el ultimo parrafo del numeral 6.1 del articulo 6 de la referida norma.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento
de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del area del
inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o via consignacion al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción Registral del area del Bien Inmueble a Favor del
Beneficiario
Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el area
expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion al Sujeto Pasivo de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado del Decreto
Legislativo N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado,Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA,
requiriendoles la desocupacion y entrega del area expropiada del bien inmueble
afectado dentro de un plazo maximo de diez (10) dfas habiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el area del inmueble desocupada, o treinta (30) días habiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del area del bien inmueble materia de expropiación.
Inmueble y del Valor de la Tasación
Aprobar la ejecucion de la expropiacion del area del inmueble afectado por la
ejecucion de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera San Marcos - Cajabamba -
Sa'usococha, Tramo: San Marcos - Cajabamba” y el valor de la Tasacion del mismo ascendente a SI 5,608.54, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nacion, el monto del valor de la
Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacion, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el area del Bien Inmueble a
Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga
la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), la información senalada en el articulo 30 del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el area del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atencion a lo establecido en el ultimo parrafo del numeral 6.1 del articulo 6 de la referida norma.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento
de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del area del
inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o via consignacion al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción Registral del area del Bien Inmueble a Favor del
Beneficiario
Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el area
expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion al Sujeto Pasivo de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado del Decreto
Legislativo N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado,Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA,
requiriendoles la desocupacion y entrega del area expropiada del bien inmueble
afectado dentro de un plazo maximo de diez (10) dfas habiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el area del inmueble desocupada, o treinta (30) días habiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del area del bien inmueble materia de expropiación.