Resolución Ministerial N.° 448-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comision de servicios del sehor REYNALDO JULIO RIOS VIENRICH, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil
12 de junio de 2019
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comision de servicios del señor REYNALDO
JULIO RIOS VIENRICH, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de America, del 19 al 21 de junio de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, han sido Integramente cubiertos por la empresa LATAM AIRLINES PERU
S.A., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Articulo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolucion
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,debe presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones -realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
JULIO RIOS VIENRICH, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de America, del 19 al 21 de junio de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, han sido Integramente cubiertos por la empresa LATAM AIRLINES PERU
S.A., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Articulo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolucion
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,debe presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones -realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.