Resolución Ministerial N.° 418-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comision de servicios de los sehores LUIS GUSTAVO SATORNICIO SATORNICIO y LUIS ENRIQUE TAVARA GARCIA, inspectores |J de la Direccion General de Aeronautica Civil
3 de junio de 2019
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores LUIS
GUSTAVO SATORNICIO SATORNICIO y LUIS ENRIQUE TAVARA GARCIA, inspectores de la Dirección General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogota D.C., República de Colombia, del 10 al 14 de junio de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido integramente cubiertos por la empresa AVIANCA PERU S.A., a través de los recibos aceptación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución -. Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el articulo 1 de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje,deben presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exónera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
GUSTAVO SATORNICIO SATORNICIO y LUIS ENRIQUE TAVARA GARCIA, inspectores de la Dirección General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogota D.C., República de Colombia, del 10 al 14 de junio de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido integramente cubiertos por la empresa AVIANCA PERU S.A., a través de los recibos aceptación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución -. Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el articulo 1 de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje,deben presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exónera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.