Resolución Ministerial N.° 395-2019-MTC/01
Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación
27 de mayo de 2019
Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del area del Bien
Inmueble y del Valor de la Tasación
Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la
ejecución de la Obra: “Red Vial N° 4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N” y el valor de la Tasacion del mismo ascendente a S/ 109,128.60, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignacion del Valor de la Tasación
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nacion, el monto del valor de la
Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacion, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Informacion Necesaria para Inscribir el area del Bien Inmueble a
Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga
la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), la informacion sehalada en el articulo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de
Propiedad del Estado, Liberacion de Interferencias y dicta otras medidas para la
Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019- VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del inmueble expropiado a favor del beneficiario
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del area del
inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasacion pagado directamente o via consignación al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del
Beneficiario
Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia
Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado del Decreto
Legislative N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado,
Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de
Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendole desocupación y entrega del area expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el area del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva
para el lanzamiento o toma de posesion del area del bien inmueble materia de
expropiacion.
Inmueble y del Valor de la Tasación
Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la
ejecución de la Obra: “Red Vial N° 4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N” y el valor de la Tasacion del mismo ascendente a S/ 109,128.60, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Consignacion del Valor de la Tasación
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nacion, el monto del valor de la
Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacion, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Informacion Necesaria para Inscribir el area del Bien Inmueble a
Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga
la Partida Registral
3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), la informacion sehalada en el articulo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de
Propiedad del Estado, Liberacion de Interferencias y dicta otras medidas para la
Ejecucion de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019- VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del inmueble expropiado a favor del beneficiario
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del area del
inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasacion pagado directamente o via consignación al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del
Beneficiario
Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia
Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado del Decreto
Legislative N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y
Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado,
Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de
Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendole desocupación y entrega del area expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el area del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva
para el lanzamiento o toma de posesion del area del bien inmueble materia de
expropiacion.