Resolución Ministerial N.° 391-2019-MTC/01
Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas del Bien Inmueble y de los Valores de las Tasaciones
27 de mayo de 2021
Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas del
Bien Inmueble y de los Valores de las Tasaciones Aprobar la ejecucion de la expropiacion de las areas del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: URSA Centro Tramo N° 2 (Puente Ricardo Palma - La Oroya -
Huancayo y La Oroya - Desvio Cerro de Pasco) y los valores de las Tasaciones de las mismas, ascendentes a S/ 52, 794.56 y S/ 64, 821.12, conforme se detalla en los Anexos Nos. 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución.
Articulo 2.- Consignacion del Valor de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las
Tasaciones a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacion, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Informacion Necesaria para Inscribir las areas del Bien Inmueble a
favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la
tartida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la informacion señalada en el articulo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del
Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019- VIVIENDA, a efectos de inscribir las areas expropiadas del inmueble a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las areas del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de las Tasaciones pagado directamente o via consignacion al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción Registral de las areas del Bien Inmueble a Favor del
Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las areas expropiadas del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sancion de destitución.
Artículo 5.- Notificacion al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
RROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion al Sujeto Pasivo de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendole la desocupación y entrega de las areas expropiadas del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion de las areas del bien inmueble materia de
expropiación.
Bien Inmueble y de los Valores de las Tasaciones Aprobar la ejecucion de la expropiacion de las areas del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: URSA Centro Tramo N° 2 (Puente Ricardo Palma - La Oroya -
Huancayo y La Oroya - Desvio Cerro de Pasco) y los valores de las Tasaciones de las mismas, ascendentes a S/ 52, 794.56 y S/ 64, 821.12, conforme se detalla en los Anexos Nos. 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución.
Articulo 2.- Consignacion del Valor de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las
Tasaciones a favor del Sujeto Pasivo de la expropiacion, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.
Artículo 3.- Informacion Necesaria para Inscribir las areas del Bien Inmueble a
favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la
tartida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registra correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la informacion señalada en el articulo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislative N° 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del
Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019- VIVIENDA, a efectos de inscribir las areas expropiadas del inmueble a favor del beneficiario.
3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las areas del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de las Tasaciones pagado directamente o via consignacion al Sujeto Pasivo.
Artículo 4.- Inscripción Registral de las areas del Bien Inmueble a Favor del
Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las areas expropiadas del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sancion de destitución.
Artículo 5.- Notificacion al Sujeto Pasivo
Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
RROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolucion al Sujeto Pasivo de la
expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislative que aprueba la Ley Marco de Adquisicion y Expropiacion de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriendole la desocupación y entrega de las areas expropiadas del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion de las areas del bien inmueble materia de
expropiación.