Resolución Ministerial N.° 371-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JOSE FRANCISCO HURTADO GOYTIZOLO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil
21 de mayo de 2019
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comision de servicios del señor JOSE FRANCISCO HURTADO GOYTIZOLO, inspector de la Direccion General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de America, del 28 al 30 de mayo de 2019, de acuerdo con detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente,
han sido mtegramente cubiertos por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., a
través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáicos.
Artículo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolucion Ministerial no libera ni exonera del pago
de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente,
han sido mtegramente cubiertos por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., a
través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáicos.
Artículo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolucion Ministerial no libera ni exonera del pago
de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.