Resolución Ministerial N.° 368-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor FREDDY RALF GUZMAN MILLA, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil
21 de mayo de 2019
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor FREDDY
RALF GUZMAN MILLA, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de America, del 22 al 24 de mayo de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido integramente cubiertos por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., a través de los recibos de acotacion que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
RALF GUZMAN MILLA, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de America, del 22 al 24 de mayo de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido integramente cubiertos por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., a través de los recibos de acotacion que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.