Resolución Ministerial N.° 295-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JOSE ROGER PINEDO BASTOS, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil
16 de abril de 2019
Articulo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JOSE
ROGER PINEDO BASTOS, inspector de la Direccion General de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados
Unidos de America, del 06 al 08 de mayo de 2019, de acuerdo con el detalle
consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución
Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente,
han sido integramente cubiertos por la empresa SKY AIRLINE PERU S.A.C., a
través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolucion Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos.
Articulo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente
Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de
efectuado el viaje, debera presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago
de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
ROGER PINEDO BASTOS, inspector de la Direccion General de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados
Unidos de America, del 06 al 08 de mayo de 2019, de acuerdo con el detalle
consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución
Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente,
han sido integramente cubiertos por la empresa SKY AIRLINE PERU S.A.C., a
través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolucion Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos.
Articulo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente
Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de
efectuado el viaje, debera presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago
de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.