Resolución Ministerial N.° 294-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor GINO HUMBERTO DEFILIPPI BRIGNETI, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil
16 de abril de 2019
Articulo 1.- Autorizar el viaje en comision de servicios del sehor GINO
HUMBERTO DEFILIPPI BRIGNETI, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Concord, Carolina del Norte, Estados Unidos de America, del 26 al 28 de abril de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido integramente cubiertos por la empresa AIR MAJORO SOCIEDAD ANONIMA, a
través de los recibos de acotacion que se detallan en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones per concepto de viaticos.
Articulo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolucion
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
HUMBERTO DEFILIPPI BRIGNETI, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Concord, Carolina del Norte, Estados Unidos de America, del 26 al 28 de abril de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido integramente cubiertos por la empresa AIR MAJORO SOCIEDAD ANONIMA, a
través de los recibos de acotacion que se detallan en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones per concepto de viaticos.
Articulo 3.- El inspector autorizado en el articulo 1 de la presente Resolucion
Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.