Resolución Ministerial N.° 293-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores MANUEL AUGUSTO GARCES GHILARDI y ULISES VILCHEZ GOMEZ, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil
16 de abril de 2019
Articulo 1.- Autorizar el viaje en comision de servicios de los sehores MANUEL AUGUSTO GARCES GHILARDI y ULISES VILCHEZ GOMEZ, inspectores de la Dirección General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 23 al 26 de abril de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido Integramente cubiertos por la empresa SERVICIOS AERONAUTICOS ESPECIALIZADOS S.R.L., a través de los recibos de acotación que se detallan en el
Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones per concepto de viáticos.
Articulo 3.- Los inspectores autorizados en el artlculo 1 de la presente
Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de
efectuado el viaje, deberan presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han
sido Integramente cubiertos por la empresa SERVICIOS AERONAUTICOS ESPECIALIZADOS S.R.L., a través de los recibos de acotación que se detallan en el
Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones per concepto de viáticos.
Articulo 3.- Los inspectores autorizados en el artlculo 1 de la presente
Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de
efectuado el viaje, deberan presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.