Resolución Ministerial N.° 282-2019-MTC/01
Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores GUILLERMO ENRIQUE PASTOR ALBARRACIN y DANIEL MOISES CORDOVA HUAMAN, inspectores de la Dirección General de Aeronautica Civil
15 de abril de 2019
Articulo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores
GUILLERMO ENRIQUE PASTOR ALBARRACIN y DANIEL MOISES CORDOVA
HUAMAN, inspectores de la Dirección General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogota D.C., República de Colombia, del 23 al 26 de abril de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, ban
sido integramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A., a traves de los recibos de acotacion que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos.
Articulo 3.- Los inspectores autorizados en el articulo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de
las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
GUILLERMO ENRIQUE PASTOR ALBARRACIN y DANIEL MOISES CORDOVA
HUAMAN, inspectores de la Dirección General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogota D.C., República de Colombia, del 23 al 26 de abril de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.
Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, ban
sido integramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A., a traves de los recibos de acotacion que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos.
Articulo 3.- Los inspectores autorizados en el articulo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de
las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.