Resolución Ministerial N.° 109-2019-MTC/01
Declarar de oficio la nulidad del Procedimiento Especial de Contratación N° 018-2018-MTC
20 de febrero de 2019
Articulo 1.- Declarar de oficio la nulidad del Procedimiento Especial de Contratación N° 018-2018-MTC - Segunda Convocatoria para la contratación del “Servicio de conservación para la recuperación y/o reposición de la infraestructura vial: Paquete 9: Lima " Chosica - puente Ricardo Palma y Mala - Calango - La Capilla -EMP PE-22(Rio Blanco)”, retrotrayendo el procedimiento especial de contratación a la etapa de presentación, admisibilidad, evaluación de ofertas y otorgamiento de la buena pro; a efectos que el Comité de Selección proceda a verificar la admisibilidad de las ofertas presentadas; por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
Articulo 2.- Disponer que la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración efectué el registro de la presente resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE.
Articulo 3.- Disponer que la Oficina General de Administración comunique al Tribunal de Contrataciones del Estado los hechos incurridos por el CONSORCIO CHOSICA, conformado por el señor Rolando Bellido Aedo y las empresas Grupo Lidercon S.A.C. y Murcia Murcia S.A.S., que determinan la declaratoria de nulidad dispuesta en el articulo 1 de la presente resolución.
Articulo 4.- Disponer que la Oficina General de Administración remita los antecedentes de la presente resolución a la Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin que inicie las acciones necesarias a efectos que, de ser el %caso, se determine la responsabilidad de los funcionarios y/o servidores a que hubiere ^•Jugar, por la nulidad declarada en el articulo 1 de la presente resolución.
Articulo 2.- Disponer que la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración efectué el registro de la presente resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE.
Articulo 3.- Disponer que la Oficina General de Administración comunique al Tribunal de Contrataciones del Estado los hechos incurridos por el CONSORCIO CHOSICA, conformado por el señor Rolando Bellido Aedo y las empresas Grupo Lidercon S.A.C. y Murcia Murcia S.A.S., que determinan la declaratoria de nulidad dispuesta en el articulo 1 de la presente resolución.
Articulo 4.- Disponer que la Oficina General de Administración remita los antecedentes de la presente resolución a la Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin que inicie las acciones necesarias a efectos que, de ser el %caso, se determine la responsabilidad de los funcionarios y/o servidores a que hubiere ^•Jugar, por la nulidad declarada en el articulo 1 de la presente resolución.