Resolución Ministerial N.° 367-2008-MTC/02
8 de mayo de 2008
Precisan Derecho de Vía en la carretera Cajamarca - Celendín - Balsas. El Derecho de Vía a que se contrae el artículo precedente, en terrenos de topografía quebrada se extenderá hasta 5 mts. más allá del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o, del borde más alejado de las obras de drenaje que se construyan.