Resolución Ministerial N.° 233-2021-MTC/01

Artículo 1.- Creación del Observatorio de Sostenibilidad Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones

17 de marzo de 2021

Artículo 1.- Creación del Observatorio de Sostenibilidad Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones 
Crear el “Observatorio de Sostenibilidad Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones”, como instrumento para la producción, análisis y difusión de información especializada y estratégica para la sostenibilidad social en el ámbito de la infraestructura en Transportes y Comunicaciones, con la finalidad de contribuir a la prevención de conflictos y el riesgo social, la toma de decisiones de políticas públicas sectoriales y la mejora del acceso a la información por parte de la ciudadanía.

Artículo 2.- Implementación y administración 
2.1 El Observatorio de Sostenibilidad Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones es implementado y administrado por la Oficina de Diálogo y Gestión Social del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de sus funciones. 2.2 El proceso de implementación del Observatorio Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones es de tres (03) años, organizados en las siguientes fases: 
a) Fase 01: Diseño y piloto. 
b) Fase 02: Regularización. 
c) Fase 03: Consolidación.  

Artículo 3.- Funciones El Observatorio de Sostenibilidad Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones desarrolla las siguientes funciones: 
a) Gestionar la información necesaria para la emisión de los reportes de sostenibilidad social. 
b) Coordinar acciones necesarias con otras unidades de organización, dependencias y órganos del MTC, en el ámbito de sus proyectos y operaciones; de acuerdo con las necesidades de información que requiera para el desarrollo de los reportes de sostenibilidad social. 
c) Promover la participación voluntaria de las empresas y operadores, que desarrollan actividades en el Sector Transportes y Comunicaciones, en la dotación de información para la elaboración de los reportes de sostenibilidad social. 
d) Promover la emisión de sugerencias por parte de empresas y sociedad civil en los procesos de diseño y actualización de la metodología de reportes de sostenibilidad social. 
e) Realizar actividades de difusión de los contenidos de los reportes de sostenibilidad social, dirigidos a la ciudadanía, organizaciones e instituciones en general. 
f) Emitir recomendaciones de oficio o a solicitud de la Alta Dirección y órganos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la mejora de la gestión social y el desarrollo de la sostenibilidad social en el ámbito del desarrollo de sus proyectos y actividades. 

Artículo 4.- Procesos 
El Observatorio de Sostenibilidad Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones desarrolla los siguientes procesos: 
a) Gestión de la información. El cual consiste en recolectar, organizar, analizar y sistematizar datos referidos al ámbito de la sostenibilidad social, así como difundir la información obtenida en los productos respectivos. 
b) Gestión metodológica. La cual consiste en diseñar, presentar y recibir sugerencias y aportes de empresas y de la sociedad civil. 

Artículo 5.- Financiamiento 
La implementación y administración del Observatorio de Sostenibilidad Social en Infraestructura de Transportes y Comunicaciones se financia con cargo al presupuesto asignado a la Oficina de Diálogo y Gestión Social del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 

Artículo 6.- Publicación 
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc). 

Documentos

Vista preliminar de documento R.M.N° 233-2021.pdf

R.M.N° 233-2021.pdf

PDF
2.2 MB