Procedimiento Administrativo Sancionador por la Comisión de Infracciones a la Normativa del Sector Comunicaciones

Notificación por edicto

9 de setiembre de 2025

Conforme al numeral 20.1.3 del artículo 20°, al numeral 21.2 del artículo 21°, al numeral 23.1.2 del artículo 23°, al inciso 3 del artículo 255°, y otros artículos conexosdel Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, considerando que las notificaciones personales del acto administrativo, que dispone el inicio del procedimiento administrativo sancionador, resultaron infructuosas, se procede, en vía subsidiaria, a NOTIFICAR por la presente publicación a la persona natural que se indican a continuación, el acto administrativo que dio inicio al procedimiento administrativo sancionador en su contra, por la presunta comisión de la infracción establecida en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, Decreto Legislativo N° 1277, Decreto Legislativo que sanciona la realización de comunicaciones malintencionadasa las centrales de emergencias, urgencias o información, modificado por Decreto Legislativo N° 1479 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 020-2020-MTC.
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