Publicacion de la Resolucion Directoral Nº 0407-2023-MTC/10 y el informe técnico Nº 036-2023-MTC/10.05; para la disposición en la modalidad de donación de bienes muebles calificados como residuos de aparatos eléctricos y electrónicos – RAEE

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16 de noviembre de 2023

A. OBJETO
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 25° del Decreto Supremo N° 009-2019-MINAM; y, del numeral 7.2.1de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0008-2020-EF/54.01 y su modificatoria aprobada con Resolución Directoral Nº 0008-2021-EF/54.01, cumple con publicar en la página web de la entidad la Resolución Directoral N° 0407-2023-MTC/10 y su respectivo anexo, mediante la cual se aprobó la baja de mil seiscientos sesenta y seis (1,666) bienes muebles por la causal de RAEE, así mismo se adjunta el Informe Técnico Nº 036-2023-MTC/10.05 y anexo de doscientos treinta y seis (236) ítems conformados por trescientos setenta (370) bienes muebles no patrimoniales calificados como RAEE, que serán materia de disposición por donación.
B. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD:


Dirección: Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú
Contacto: José Luis Lozano Lévano / Violeta Rosario Loyola Loyola
Consultas: E-mail: jlozano@mtc.gob.pe ; vloyola@mtc.gob.pe
Teléfono: 615-7800 Anexo 1384
C. PUBLICACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE:


Vigencia de la Publicación: A partir de la publicación del presente hasta la culminación de los diez (10) días hábiles contados desde la publicación por parte de la Dirección General de Abastecimiento – MEF en su portal institucional:

D. ALCANCE:


El presente comunicado está dirigido exclusivamente a los Sistemas de Manejo RAEE individual o colectivo, que cuenten con un Plan de Manejo de RAEE aprobado o actualizado por el MINAM, los cuales deberán manifestar por escrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones su interés en ser beneficiarios de la donación de los bienes muebles indicados en la presente publicación, adjuntando la documentación y requisitos exigidos en el numeral 7.2.5 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, y su modificatoria, la cual estipula que la solicitud de donación se dirige a la entidad propietaria de los bienes calificados como RAEE.
Cabe señalar que, en el portal institucional del MEF según lo establecido en el numeral 7.2.2 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 y su modificatoria, se publicará el cronograma para la presentación de las solicitudes de donación que será establecida por la Dirección General de Abastecimiento – DGA del MEF.
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Comunicado MTC

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