Registro de Roaming Nacional – DGPPC

Documento de Gestión

3 de julio de 2023

El Roaming Nacional es un servicio que permite que un usuario continúe teniendo el servicio brindado por su operador, empleando automáticamente una red móvil distinta a la de su operador.
 
Acuerdo de Roaming Nacional
 
Contrato comercial suscrito entre dos concesionarios de servicios públicos móviles por el cual se permite el acceso a la red móvil del Operador de la red visitada a cambio de una contraprestación, a fin de poder brindar el servicio de Roaming Nacional a los usuarios del Operador de la red de origen.
 
El acuerdo de mandato de Roaming Nacional, de contener como mínimo lo siguiente:

a)     Detalle de los tipos de tráfico (voz, datos, SMS).
b)     Indicación de la estación base celular y centro poblado seleccionado.
c)     Monto de la contraprestación económica por el servicio de Roaming Nacional.
d)     Procedimientos a ser aplicados en caso de contingencia que afecten la provisión de servicios públicos móviles.
e)     Especificación de los puntos de interconexión y su ubicación geográfica; y, características técnicas. 
f)      Previsiones y plazo para la finalización de las operaciones, una vez concluido el Acuerdo de Roaming Nacional.
g)     Habilitación para realizar llamadas a los números cortos de emergencia sin ninguna restricción.
h)     Habilitación para la difusión de mensajes a través del Sistema de Mensajería de Alerta Temprana (SISMATE), en beneficio de los usuarios que hagan uso del Roaming Nacional.
i)       La priorización a los usuarios de la Red Especial de Comunicaciones en Situaciones de Emergencia (RECSE).
j)       De realizarse el tratamiento de datos personales a través del servicio de Roaming Nacional, deberá consignarse una cláusula para el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento.
k)     Obligaciones establecidas en la presente norma y otras que les son aplicables.
l)      Otras disposiciones establecidas por el Osiptel en el marco de los mandatos en atención a lo indicado en la Primera Disposición Complementaria Final de la presente norma.
 
Precisar que, las condiciones para los Acuerdos de Roaming Nacional y los plazos que deben cumplir los operadores se encuentran establecidos en el Decreto Supremo N° 002-2023-MTC, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 9 de marzo de 2023.

Informes y publicaciones

Esta publicación pertenece al compendio Servicios Públicos - DGPPC

Documentos

Vista preliminar de documento REGISTRO DE ROAMING NACIONAL

REGISTRO DE ROAMING NACIONAL

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Vista preliminar de documento BASE LEGAL_D.S. N° 002-2023-MTC

BASE LEGAL_D.S. N° 002-2023-MTC

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Vista preliminar de documento Contrato Roaming Nacional y Anexos

Contrato Roaming Nacional y Anexos

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