Bienes muebles dados de baja por la causal RAEE para su Disposición final
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29 de noviembre de 2022
A. OBJETO
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 25° del Decreto Supremo N° 009-2019-MINAM; y, del numeral 7.2.1 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” cumple con publicar en la página web de la entidad la Resolución Directoral N° 0399-2021-MTC/10 y Anexo respectivo, mediante la cual se aprobó la baja de cuatrocientos ochenta y ocho (488) bienes muebles por la causal de RAEE, así mismo se adjunta anexo de cinco mil trescientos treinta (5,330) bienes sobrantes calificados también como RAEE, que serán dispuestos en donación.
B. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD:
Dirección: Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú
Contacto: Mónica Beatriz Llanos Mejico
Consultas: E-mail: mllanos@mtc.gob.pe o sormenov@mtc.gob.pe
Teléfono: 6157800 Anexo 1384 celular 954862660
C. PUBLICACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE:
Vigencia de la Publicación: Del 29 de noviembre al 9 de diciembre del 2022
D. ALCANCE:
El presente comunicado está dirigido exclusivamente a los Sistemas de Manejo RAEE individual o colectivo, que cuenten con un Plan de Manejo de RAEE aprobado o actualizado por el MINAM, los cuales deberán manifestar por escrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones su interés en ser beneficiarios de la donación de los bienes muebles indicados en la presente publicación, adjuntando la documentación y requisitos exigidos en el numeral 7.2.5 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01.
El presente comunicado está dirigido exclusivamente a los Sistemas de Manejo RAEE individual o colectivo, que cuenten con un Plan de Manejo de RAEE aprobado o actualizado por el MINAM, los cuales deberán manifestar por escrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones su interés en ser beneficiarios de la donación de los bienes muebles indicados en la presente publicación, adjuntando la documentación y requisitos exigidos en el numeral 7.2.5 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01.
Cabe señalar que, en el portal institucional del MEF según lo establecido en el numeral 7.2.2 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, se publicará el cronograma para la presentación de las solicitudes de donación que será establecida por la Dirección General de Abastecimiento – DGA del MEF.