Canje de Licencias de conducir de diplomáticos extranjeros

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29 de octubre de 2019

Requisitos:

Los diplomáticos extranjeros o funcionarios de organismos internacionales y Entidades e Instituciones de Cooperación Técnica Internacional, acreditados en el Perú, así como sus ascendientes, descendientes y cónyuge, podrán obtener cualquiera de las licencias de conducir establecidas en el presente Reglamento, acreditando su identidad con la exhibición del documento oficial pertinente.

Esta publicación pertenece al compendio Información para la Obtención de la Licencia de Conducir - DCV

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Canje de Licencia de Conducir de Diplomáticos Extranjeros

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