Requisitos para solicitar el servicio público especial de transporte de trabajadores de ámbito nacional

Artículo

29 de octubre de 2021

Las empresas que ofrecen el servicio público especial de transporte de trabajadores de ámbito nacional deben mantener vigente su Tarjeta Única de Circulación (TUC) emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Ello garantiza que los vehículos y organizaciones siguen cumpliendo con los requisitos técnicos y de seguridad para continuar operando.

Para obtener la TUC, primero se debe descargar y completar el formulario 003/17.2.

Luego, hay que presentar tres declaraciones juradas. En la primera se debe consignar el cumplimiento de los numerales 37.4, 37.5 y 37.7 del artículo 37° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT), suscrita por el gerente general, socios, accionistas, asociados, directores, administradores o representantes legales de la empresa solicitante.

Con ello, los firmantes aseguran que no tienen condenas por Tráfico Ilícito de Drogas, Lavado de Activos, Pérdida de Dominio, o Delito Tributario; además, que ninguno ha sido declarado en quiebra, ni estar incurso o sometido a una medida judicial o administrativa que le restrinja de la administración de sus bienes.

La siguiente declaración jurada debe ser firmada por el gerente general y consignar los puntos establecidos en el numeral 20.1.9 del RNAT únicamente para los vehículos tipo M3, lo cual significa acreditar que la empresa cuenta con un dispositivo de eventos y ocurrencias, o sea, un software que almacena información de la jornada de conducción, entre otros datos.
 
Para el caso de los vehículos M3 y M2 para el transporte de trabajadores, lo que deben presentar en dicho documento son los puntos estipulados en los numerales 37.2, 37.3, 37.6, 37.8, 37.9, 37.10, 37.11, 38.1.3, 38.1.4, 38.1.6, 55.1.11, 55.1.12.7, 55.1.12.8, 55.1.12.9, 55.1.12.10 del RNAT.
 
Por último, en la tercera declaración jurada se debe presentar la relación de conductores que trabajan en la empresa e indicar el número de sus licencias de conducir.
 
De manera adicional a estas declaraciones, los transportistas deben presentar documentos que acrediten que la empresa cuenta con un sistema de comunicación como un teléfono. Asimismo, una copia de su Manual General de Operaciones, firmado y elaborado de acuerdo con los lineamientos señalados en el numeral 42.1.5 del RNAT.
 
También es necesario entregar el currículum documentado de las personas encargadas de las áreas de Operaciones y Prevención de Riesgos. Para los casos en que la flota de la empresa sea de menos de cinco vehículos, un solo profesional podrá asumir ambas funciones.
 
Otro requisito indispensable es la fotocopia del documento que acredite que el transportista es propietario de una oficina administrativa o tiene suscrito contrato vigente de alquiler. De igual manera, una copia de la partida registral de la empresa y del contrato de GPS.
 
Los transportistas deben contar con CITV vigente ordinario y complementario según corresponda. Se requiere adjuntar certificados de SOAT vigente de los vehículos que operan para la empresa.
 
En caso de no ser vehículo propio, adjuntar una copia del contrato de arrendamiento con una entidad financiera supervisada por la SBS. También, se necesita la fotocopia de los Certificados de Limitador de Velocidad, solo para el caso de los vehículos M3.
 
La respuesta del MTC ante el requerimiento dado será emitida en un plazo de 18 días hábiles.

Documentos

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Formulario 003-17.2 Servicio de Transporte Terrestre de Ámbito Nacional.pdf

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