Ayacucho: Fiscalía anticorrupción logra condena para exfuncionarios y otros acusados por colusión agravada y negociación incompatible
Nota de prensaDelitos fueron cometidos durante ejecución de obra de irrigación.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
30 de julio de 2024 - 5:13 p. m.
La Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ayacucho (Segundo Despacho) logró que se imponga, en primera instancia, ocho años de pena privativa de la libertad efectiva e inhabilitación, por el mismo periodo, contra seis exfuncionarios y contratista del Gobierno Regional de Ayacucho, cuatro de ellos como autores del delito de colusión agravada y dos como cómplices primarios.
Asimismo, se condenó a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida e inhabilitación a otros dos acusados por el delito de negociación incompatible en agravio del Estado.
Según la investigación, a cargo de la fiscal adjunta Jenny Lizeth Medina Huamán, dos de los acusados —en su condición de residente de obra y supervisor— se interesaron directa e indebidamente a favor de la empresa C. A., representado por otro de los sentenciados, para el servicio de perforación y voladura de roca fija y suelta en plataforma y caja canal de la obra ‘Construcción del canal de irrigación Ccocha–Huayllay’.
Para ello, emitieron un informe, de fecha 13 de agosto de 2012, con la valorización del periodo comprendido entre el 5 de enero de 2011 al 31 de julio de 2012, amparando —en parte— la valorización realizada por dicho consorcio, indicando que el servicio estaba valuado en S/ 826 925.63, pese a que, conforme a los informes de valorización mensual, los trabajos realizados estaban valorizados solo en S/ 346 504.75.
Además, en el proceso se determinó que el entonces gerente de Infraestructura, el subgerente de Supervisión y Liquidación de Obras, el residente y supervisor de obra, acordaron subrepticiamente con el representante del consorcio ejecutor de la obra y el perito ingeniero para defraudar económicamente al GORE Ayacucho, por lo que gestionaron y tramitaron el pago a favor del contratista por S/ 1 170 141.22, mediante la realización de un peritaje favorable.
Como parte de la sentencia se ordenó que los condenados paguen S/ 1 003 636.47, más los intereses legales devengados desde la fecha en que se produjo el daño, a favor del Estado.
Cabe indicar que la referida sentencia al ser de primera instancia es susceptible de ser impugnada para su revisión en segunda instancia, en la que podrá ser confirmada, revocada o anulada.
Asimismo, se condenó a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida e inhabilitación a otros dos acusados por el delito de negociación incompatible en agravio del Estado.
Según la investigación, a cargo de la fiscal adjunta Jenny Lizeth Medina Huamán, dos de los acusados —en su condición de residente de obra y supervisor— se interesaron directa e indebidamente a favor de la empresa C. A., representado por otro de los sentenciados, para el servicio de perforación y voladura de roca fija y suelta en plataforma y caja canal de la obra ‘Construcción del canal de irrigación Ccocha–Huayllay’.
Para ello, emitieron un informe, de fecha 13 de agosto de 2012, con la valorización del periodo comprendido entre el 5 de enero de 2011 al 31 de julio de 2012, amparando —en parte— la valorización realizada por dicho consorcio, indicando que el servicio estaba valuado en S/ 826 925.63, pese a que, conforme a los informes de valorización mensual, los trabajos realizados estaban valorizados solo en S/ 346 504.75.
Además, en el proceso se determinó que el entonces gerente de Infraestructura, el subgerente de Supervisión y Liquidación de Obras, el residente y supervisor de obra, acordaron subrepticiamente con el representante del consorcio ejecutor de la obra y el perito ingeniero para defraudar económicamente al GORE Ayacucho, por lo que gestionaron y tramitaron el pago a favor del contratista por S/ 1 170 141.22, mediante la realización de un peritaje favorable.
Como parte de la sentencia se ordenó que los condenados paguen S/ 1 003 636.47, más los intereses legales devengados desde la fecha en que se produjo el daño, a favor del Estado.
Cabe indicar que la referida sentencia al ser de primera instancia es susceptible de ser impugnada para su revisión en segunda instancia, en la que podrá ser confirmada, revocada o anulada.