Ante la grave situación del Puente Cáceres, Fiscalía de Dos de Mayo solicita tomar acciones inmediatas
Nota InformativaAl jefe De Oficina Desconcentrada Del Ministerio de Cultura de Huánuco para evitar el colapso y caída del puente en Prevención del Delito.





Fotos: Oficina de imagen institucional
22 de abril de 2022 - 8:24 a. m.
Ante los indicios de riesgo de colapso del puente cal y canto que une los distritos de La Unión y Ripán de la provincia de Dos de Mayo en la región de Huánuco, declarado patrimonio cultural de la nación, las autoridades locales han advertido sobre el peligro inminente en que se encuentra su infraestructura y que en caso se producirá la caída del mismo, podría hasta producir una tragedia con pérdidas humanas, por lo que se ha exhortado al Ministerio de Cultura de la sede de Huànuco, a tomar las medidas inmediatas para evitar su caída.
Por este motivo, es que el fiscal provincial Emilio Salomón Bartolo Serrano de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de Mayo, en cumplimiento de su labor preventiva que la Ley Orgánica del Ministerio Público le faculta, con autoridades de las Municipalidades de la Provincia de Dos de Mayo y del Distrito de Ripán, participó de la verificación in situ de la infraestructura del puente conocido como Cáceres, donde se advierte que las grietas de la cimentación han crecido y representa un peligro inminente que su estructura colapsa ante los embates de las aguas del río Vizcarra.
La acción preventiva se realizó durante dos días, con los ingenieros de Defensa Civil de ambos municipios, ante la advertencia que hizo el propio personal técnico de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Cultura de Huánuco, del 7 de abril de 2022, en la cual afirma el riesgo inminente del puente.
Es así que el fiscal Emilio Bartolo, de Oficio Inició Investigación Preventiva por los Presuntos Delitos de Omisión de Funciones, Homicidio Culposo y Lesiones Culposas, por lo que al término de las primeras diligencias, cumplió con remitir copias a la entidad de Cultura y a la vez solicitó ante el Despacho Fiscal en un plazo de 24 horas, un informe sobre las acciones que han tomado desde el 7 de abril a la fecha para evitar el colapso del puente Cal y Canto; si es necesaria la autorización municipal para poder realizar las obras inmediatas de reforzamiento; si por los años de construcción puede caerse en cualquier momento; que se emite un informe sobre la inspección realizada con fecha 7 de abril de 2022 y si han realizado coordinaciones con las Municipalidades de la Provincia de La Unión y del Distrito de Ripán para preservar el puente.
El fiscal Emilio Salomón, aclaró que si la autoridad no emite una respuesta en el plazo indicado, siendo por el momento que se inició una investigación preventiva en contra de los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del Artículo 377º del Código Penal en agravio del Estado – Ministerio de Cultura, Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas previstas en los Artículos 111 y 124 del Código Penal en agravio de la Sociedad Representado por el Ministerio Público
Además por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – lesiones culposas, prevista en el primer párrafo del artículo 124º, y homicidio culposo señalado en el primer párrafo del Artículo 111º del Código Penal, ambos en agravio de la sociedad , representado por el Ministerio Público.
La Ley Orgánica del Ministerio Público prescribe como funciones principales la de prevención de delitos, en salvaguarda de los intereses de cada individuo y de la sociedad, ya que son los factores del bienestar social
DISTRITO FISCAL DE HUÁNUCO
Por este motivo, es que el fiscal provincial Emilio Salomón Bartolo Serrano de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de Mayo, en cumplimiento de su labor preventiva que la Ley Orgánica del Ministerio Público le faculta, con autoridades de las Municipalidades de la Provincia de Dos de Mayo y del Distrito de Ripán, participó de la verificación in situ de la infraestructura del puente conocido como Cáceres, donde se advierte que las grietas de la cimentación han crecido y representa un peligro inminente que su estructura colapsa ante los embates de las aguas del río Vizcarra.
La acción preventiva se realizó durante dos días, con los ingenieros de Defensa Civil de ambos municipios, ante la advertencia que hizo el propio personal técnico de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Cultura de Huánuco, del 7 de abril de 2022, en la cual afirma el riesgo inminente del puente.
Es así que el fiscal Emilio Bartolo, de Oficio Inició Investigación Preventiva por los Presuntos Delitos de Omisión de Funciones, Homicidio Culposo y Lesiones Culposas, por lo que al término de las primeras diligencias, cumplió con remitir copias a la entidad de Cultura y a la vez solicitó ante el Despacho Fiscal en un plazo de 24 horas, un informe sobre las acciones que han tomado desde el 7 de abril a la fecha para evitar el colapso del puente Cal y Canto; si es necesaria la autorización municipal para poder realizar las obras inmediatas de reforzamiento; si por los años de construcción puede caerse en cualquier momento; que se emite un informe sobre la inspección realizada con fecha 7 de abril de 2022 y si han realizado coordinaciones con las Municipalidades de la Provincia de La Unión y del Distrito de Ripán para preservar el puente.
El fiscal Emilio Salomón, aclaró que si la autoridad no emite una respuesta en el plazo indicado, siendo por el momento que se inició una investigación preventiva en contra de los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del Artículo 377º del Código Penal en agravio del Estado – Ministerio de Cultura, Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas previstas en los Artículos 111 y 124 del Código Penal en agravio de la Sociedad Representado por el Ministerio Público
Además por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – lesiones culposas, prevista en el primer párrafo del artículo 124º, y homicidio culposo señalado en el primer párrafo del Artículo 111º del Código Penal, ambos en agravio de la sociedad , representado por el Ministerio Público.
La Ley Orgánica del Ministerio Público prescribe como funciones principales la de prevención de delitos, en salvaguarda de los intereses de cada individuo y de la sociedad, ya que son los factores del bienestar social
DISTRITO FISCAL DE HUÁNUCO