Se exhorta a los ciudadanos a no incurrir en delitos contra la tranquilidad y la seguridad pública
Nota InformativaDurante manifestaciones del “Plantón por el Agua”
Convocada para los días 13 y 14 de setiembre, en San Juan de Lurigancho

Fotos: OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL
13 de setiembre de 2021 - 8:25 p. m.
En relación a la movilización denominada “Plantón por el Agua”, convocada por el colectivo vecinal CODASAT-SJL y otros colectivos sociales en el distrito de San Juan de Lurigancho, a través de las redes sociales, para los días 13 y 14 de setiembre, las Fiscalías de Prevención del Delito de las Zonas Alta, Media y Baja del distrito de San Juan de Lurigancho, exhortan a los ciudadanos a mantener la tranquilidad y la seguridad pública.
En tal sentido, el Ministerio Público ha iniciado las coordinaciones con la Policía Nacional, para que se tomen las acciones preventivas que garanticen la tranquilidad de la población y el normal funcionamiento de los servicios públicos, a efectos de prevenir situaciones de hecho que representen riesgos efectivos de la comisión de delitos contra la seguridad pública.
En las modalidades de entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos, previsto por el artículo 283° del Código Penal; delitos contra la tranquilidad pública en la modalidad de disturbios, previsto por el artículo 315º del Código Penal; y, contra la administración pública en la modalidad de resistencia o desobediencia a la autoridad, previsto por el artículo 368º del Código Penal.
Debiendo tener en cuenta la población, que el derecho a la protesta debe ser dentro de los límites que no afecten otros derechos protegidos como la vida, el cuerpo y la salud, el libre tránsito, entre otros, y que puedan afectar a la ciudadanía en general.
Sobre todo, que en un contexto de pandemia por la Covid-19, frente a una posible tercera ola de contagios, en salvaguarda de la salud pública, se deben tomar todas las medidas necesarias a fin de prevenir la propagación del virus.
DISTRITO FISCAL DE LIMA ESTE
En tal sentido, el Ministerio Público ha iniciado las coordinaciones con la Policía Nacional, para que se tomen las acciones preventivas que garanticen la tranquilidad de la población y el normal funcionamiento de los servicios públicos, a efectos de prevenir situaciones de hecho que representen riesgos efectivos de la comisión de delitos contra la seguridad pública.
En las modalidades de entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos, previsto por el artículo 283° del Código Penal; delitos contra la tranquilidad pública en la modalidad de disturbios, previsto por el artículo 315º del Código Penal; y, contra la administración pública en la modalidad de resistencia o desobediencia a la autoridad, previsto por el artículo 368º del Código Penal.
Debiendo tener en cuenta la población, que el derecho a la protesta debe ser dentro de los límites que no afecten otros derechos protegidos como la vida, el cuerpo y la salud, el libre tránsito, entre otros, y que puedan afectar a la ciudadanía en general.
Sobre todo, que en un contexto de pandemia por la Covid-19, frente a una posible tercera ola de contagios, en salvaguarda de la salud pública, se deben tomar todas las medidas necesarias a fin de prevenir la propagación del virus.
DISTRITO FISCAL DE LIMA ESTE