Sentencian a envasadores clandestinos de gas en Villa María del Triunfo
Nota InformativaBalones eran pintados con los logos de conocidas empresas de gas

Fotos: OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL
6 de setiembre de 2021 - 3:06 p. m.
La Segunda Fiscalía Superior Penal del Distrito Fiscal de Lima Sur, a cargo de la fiscal superior Norma Doris Álamo Martínez, consiguió que se condene a Juan Carlos Paz Carrasco, a 6 años de pena privativa de libertad efectiva, en su calidad de coautor de los delitos de tenencia ilegal de materiales peligrosos, en agravio del Estado y de uso o venta no autorizada de diseño o modelo industrial, en agravio de Llamagas, Mega Gas y Solgas (concurso ideal de delitos).
De la misma forma, a los imputados Victoriano Herrera Luciano e Hipólito Follano Yanqui, se les impuso 4 años de pena privativa de libertad, en su calidad de coautores del delito de tenencia ilegal de materiales peligrosos, en agravio del Estado.
El fallo fue logrado por el fiscal adjunto superior Cristhian Genaro Alfaro Cáceres, al probar ante la Sala Penal Liquidadora de Villa María del Triunfo, que la tarde del 8 de julio de 2021, personal de la comisaría de Villa El Salvador, intervino el inmueble ubicado en la zona agropecuaria “Villa Rica” distrito de Villa El Salvador, donde se venía envasando gas licuado de diversas marcas en forma clandestina, sin contar con las autorizaciones respectivas, poniendo en peligro a los vecinos del lugar, en tanto se trata de una sustancia volátil e inflamable.
En el lugar se encontró el camión cisterna de placa de rodaje n.º A9C-833, conducido por Victoriano Herrera Luciano, asistido por su ayudante Hipólito Follano Yanqui, que estaban despachando gas en el local clandestino; mientras que Ramón Chávez Domínguez y Juan Carlos Paz Carrasco, se encontraban en el lugar, en calidad de operarios y envasadores de balones de gas.
Asimismo, se encontraron 192 balones de gas vacíos y 15 balones de gas llenos, de diez kilos cada uno, así como tapas para sellar balones, dos balanzas eléctricas, un banco giratorio y moldes utilizados para el pintado de los balones con las marcas de Llamagas, Mega Gas y Solgas.
También se probó en juicio que ninguno de los acusados contaba con autorización de las empresas aludidas para utilizar sus marcas comerciales, sin perjuicio que en dicho local tampoco funcionaba persona jurídica alguna que contará con la autorización.
Al sentenciado Juan Carlos Paz Carrasco, de conformidad con el inciso 4 del artículo 36 del Código Penal, se le impuso inhabilitación y 110 días multa, sin perjuicio de haberse fijado el pago de una reparación civil de 3 mil soles, por el delito de uso o venta no autorizada de diseño o modelo industrial, en agravio de Llamagas, Mega Gas y Solgas.
En cuanto al delito de tenencia ilegal de materiales peligrosos en agravio del Estado, se fijó una reparación civil de 4 mil soles, que deberán abonar de forma solidaria los tres sentenciados.
DISTRITO FISCAL DE LIMA SUR