Confirman sentencia por corrupción contra representantes de la empresa NIISA Corporation y funcionarios del Municipio de Carmen de la Legua

Nota Informativa
La investigación acreditó que se coludieron en el proceso de licitación para el programa Vaso de Leche

Fotos: OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

16 de diciembre de 2020 - 5:59 p. m.

La Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Callao consiguió que se confirme la sentencia impuesta a los representantes de la empresa NIISA Corporation por colusión, junto a otros funcionarios de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, implicados en la adjudicación irregular de la licitación pública ‘Adquisición de productos para el Programa Vaso de Leche’.
 
Se trata del gerente general de la empresa NIISA Corporation, Moisés Martín Alfaro Barreto (54), y el trabajador Edwin Ruiz Lozada (39), quienes fueron condenados en segunda instancia a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida, sujeto a reglas de conducta; la inhabilitación para contratar con el Estado por el plazo de dos años y al pago de una reparación civil de S/ 40 000 a favor del Estado.
 
En el juicio de apelación, la fiscal adjunta superior, Kelly Ramírez Vera, demostró que los representantes de la empresa elaboraron convenientemente las bases del mencionado concurso público, que subieron al Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) desde una dirección ajena a la municipalidad de Carmen de la Legua.
 
Según las pruebas presentadas por la representante del Ministerio Público, los trabajadores de la municipalidad omitieron realizar sus funciones en el proceso de licitación y se mantuvieron en comunicación con los empresarios, a través de correos electrónicos, el día que se subieron irregularmente las bases al sistema.
 
Cabe precisar que el fallo en primera instancia fue emitido el 8 de marzo de 2019, y tras dos absoluciones previas que fueron declaradas nulas, se consiguió la ratificación de la condena el 10 de diciembre último.
 
Asimismo, la resolución reafirmó la sentencia de cinco años de cárcel contra los miembros del comité de selección y autores del delito de colusión: Patricia Rosario Flores Medina, Carlos Javier Ceras Rojas y José Ernesto de la Torres Céspedes, quienes fueron inhabilitados por dos años para ejercer el cargo de funcionario público.
  
De acuerdo al artículo 384 del Código Penal, el funcionario o servidor público que interviene directa o indirectamente, por razón de su cargo, en cualquier etapa de la contratación pública de un servicio con los interesados para defraudar al Estado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilitación según corresponda.