Fiscalía de Huancavelica logra confirmación de condena para juez que favoreció ilegalmente a Vladimir Cerrón
Nota de prensaAdemás, se aumentó la reparación civil a S/ 5000 por el delito de prevaricato.

3 de febrero de 2026 - 3:20 p. m.
La Primera Fiscalía Superior Penal de Huancavelica logró que la Corte Suprema de Justicia confirme la condena de tres años de pena privativa de libertad suspendida para Alain Salas, juez especializado de Acobamba, por el delito de prevaricato de derecho, en agravio del Estado.
El despacho fiscal acreditó que el magistrado emitió resoluciones judiciales manifiestamente contrarias a la ley, favoreciendo así al investigado Vladimir Cerrón en un proceso penal por el delito de negociación incompatible.
De acuerdo con la investigación, el juez admitió y resolvió una demanda de hábeas corpus a favor de Cerrón Rojas, anulando una sentencia condenatoria que no tenía la condición de firme, lo que contraviene expresamente lo estipulado en el artículo 4° del Código Procesal Constitucional (Ley 28237) sobre la procedencia de procesos de recursos legales contra resoluciones judiciales. Esto pese a de que se encontraba pendiente de resolución un recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público.
Durante el juicio, la Fiscalía demostró que el juez omitió verificar deliberadamente el estado real del proceso penal y no emitió una motivación razonada que justificara su apartamiento de la norma constitucional. Ello configura el delito de prevaricato de derecho.
Tras el recurso interpuesto ante la instancia suprema, se logró confirmar la sentencia condenatoria y se dispuso incrementar el monto de la reparación civil de S/ 3000 a S/ 5000 a favor del Estado, reafirmando así la solidez de la investigación y la acción fiscal desarrollada por la Primera Fiscalía Superior Penal de Huancavelica.
El despacho fiscal acreditó que el magistrado emitió resoluciones judiciales manifiestamente contrarias a la ley, favoreciendo así al investigado Vladimir Cerrón en un proceso penal por el delito de negociación incompatible.
De acuerdo con la investigación, el juez admitió y resolvió una demanda de hábeas corpus a favor de Cerrón Rojas, anulando una sentencia condenatoria que no tenía la condición de firme, lo que contraviene expresamente lo estipulado en el artículo 4° del Código Procesal Constitucional (Ley 28237) sobre la procedencia de procesos de recursos legales contra resoluciones judiciales. Esto pese a de que se encontraba pendiente de resolución un recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público.
Durante el juicio, la Fiscalía demostró que el juez omitió verificar deliberadamente el estado real del proceso penal y no emitió una motivación razonada que justificara su apartamiento de la norma constitucional. Ello configura el delito de prevaricato de derecho.
Tras el recurso interpuesto ante la instancia suprema, se logró confirmar la sentencia condenatoria y se dispuso incrementar el monto de la reparación civil de S/ 3000 a S/ 5000 a favor del Estado, reafirmando así la solidez de la investigación y la acción fiscal desarrollada por la Primera Fiscalía Superior Penal de Huancavelica.
El Ministerio Público reafirma su compromiso con la legalidad, la correcta administración de justicia y la persecución de conductas que vulneren el orden constitucional y el Estado de derecho.
Distrito Fiscal de Huancavelica
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