Lima Norte: Fiscalía de Carabayllo obtiene sentencia contra director por accidente de alumna en actividad escolar deportiva

Nota de prensa
El docente no adoptó las medidas necesarias para garantizar la seguridad e integridad de la víctima.
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19 de enero de 2026 - 3:28 p. m.

El Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo logró que sentencia de dos años de pena privativa de libertad para Marcos Venegas (57), autor del delito de lesiones culposas graves en agravio de una menor (8), en el distrito de Carabayllo.

En la audiencia de instalación de juicio oral, el fiscal adjunto provincial Zebastián Zegarra Gonzales sustentó que, en setiembre de 2023, el procesado en su condición de director de un colegio particular, organizó una actividad escolar deportiva en la segunda losa deportiva San José Lomas de Carabayllo, donde participaron los profesores, padres de familia y estudiantes, siendo uno de ellos la víctima.

Durante el evento, un poste de fierro se desplomó abruptamente e impactó contra la agraviada, provocando la fractura de tibia y peroné, y una escara en la zona del fémur. Ante ello, la escolar requirió quince días de atención facultativa por ochenta días de incapacidad médico legal, motivo por el que los padres denunciaron el hecho.

En la investigación, el fiscal Zebastián Zegarra probó que el sentenciado no cumplió con desplegar y adoptar las medidas necesarias para la protección de la estudiante en el evento deportivo, como no cerciorarse de la operatividad y mantenimiento del poste fierro y pedir colocar un banderín en dicha estructura.

Asimismo, el docente se limitó a comunicar la realización de la actividad y convocar a los padres para barrer y retirar algunos objetos del suelo, a sabiendas que el parante de fierro se encontraba manifiestamente inclinado. Además, demostró que el condenado, al ser el director de la institución educativa, posee la condición de garante en las actividades escolares, según la Ley de los Centros Educativo Privados (Ley n.° 26549).

El representante del Ministerio Público sustentó como principales elementos de convicción las actas de intervención policial e inspección técnico policial; la declaración del condenado, la parte agraviada y posibles testigos; el certificado médico legal de la agraviada; la Ley de los Centros Educativo Privados; entre otros.

El Despacho también consiguió que la propietaria del colegio sea declarada como tercero civil responsable, por lo que junto a Marcos V. fue sentenciada al pago solidario de S/ 30 000 de reparación civil.

De igual manera, al docente se le impuso la prohibición de ejercer el cargo de director en instituciones educativas por dos años; luego que aceptó su responsabilidad en el hecho tras conferenciar con su abogado.

Distrito Fiscal de Lima Norte