FECOF Superior de Lambayeque logra confirmar condena contra exalcalde y trabajadores de la Municipalidad de San Juan de Cutervo
Nota de prensaPor el delito de colusión agravada al haber concertado favorecer a dos consorcios de construcción en obras públicas.

18 de diciembre de 2025 - 4:30 p. m.
El Ministerio Público a través de la Fiscalía Superior con competencia en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, logró confirmar la sentencia que condenó al exalcalde de la Municipalidad distrital de San Juan de Cutervo, Saúl Sánchez, a 12 años de prisión efectiva, por el delito de colusión agravada.
Por el mismo delito también se condenó a Octavio Soberó, a seis años de prisión efectiva; cómplice a Adelita Vásquez a cuatro años de pena privativa de libertad convertida a 208 jornadas de prestación de servicios a la comunidad; Franklin Coronel, Julio Quiroz y Fernando Quiroz, también cómplices del delito de colusión simple y cuatro años de prisión efectiva. Además, Dante Sánchez, a 11 años de prisión efectiva.
Se fijó la suma de S/. 1 196 118.08, el monto que por concepto de reparación civil deberán cancelar los sentenciados Saúl Sánchez, Adelita Vásquez y Dante Sánchez, en forma solidaria a favor de la parte agraviada.
El fiscal adjunto superior Julio Taboada Ramón solicitó la confirmación de la sentencia por estar acreditada la participación de Saúl Sánchez, en su condición de alcalde del distrito de San Juan de Cutervo en Cajamarca, y concertó con representantes de un consorcio de construcción, interviniendo en la etapa de contratación y liquidación, de la obra ‘Rehabilitación de los caminos vecinales del tramo: San Juan – Santa Cruz de la Succha, Tramo 2: Amachonga – La Conga, Tramo 3: San Juan – El Paraíso del distrito de San Juan de Cutervo’, defraudando patrimonialmente al Estado, al suscribir el contrato para la ejecución de la obra, pese a que no cumplió con remitir la documentación respectiva.
Además, no se realizó el cobro de penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales, ocasionando un perjuicio económico de S/. 231 836,93 y no se ejecutó la garantía de fiel cumplimiento, pese a emitir una resolución de alcaldía que resolvió el contrato por la causal de incumplimiento imputable al consorcio ejecutor, ocasionando un perjuicio de S/. 864 281,15.
Que Saúl Sánchez también habría concertado con otro consorcio de construcción, donde Víctor Altamirano y Julio Quiroz, intervinieron en la etapa de selección y contratación para la supervisión de la obra, a fin de defraudar al Estado. Se habría restringido la participación de otros postores, a través de su hermano Dante Sánchez, brindando las facilidades para el otorgamiento de la buena pro a esta empresa.
Por otro lado, en la sentencia se declaró la nulidad en el extremo que absolvió de la acusación fiscal contra Jaime Alvarado, Ubaldo Pesantes, Daniel Pérez, Aleyda Silva, Madelynn García, Reyner Carrasco, Cristhian Arce, Sandra León y Brolin Delgado, en calidad de autores y en contra de Juana Arana, Agataliz Coronado y Orlando Torres, como cómplices del delito de colusión agravada.
La Sala consideró que la sentencia recurrida se encuentra motivada en el extremo de condena por cuanto se ha actuado con pruebas de cargo al derecho de presunción de inocencia de los condenados, debe confirmarse el extremo de condena. Caso distinto, en el extremo absolutorio en el cual si se han advertido deficiencia en la motivación y la valoración de prueba conforme lo anotado en los considerandos precedentes.
En primera instancia la sentencia fue lograda por la fiscal provincial Karim Ninaquispe Gil, de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque.
Distrito Fiscal de Lambayeque
Por el mismo delito también se condenó a Octavio Soberó, a seis años de prisión efectiva; cómplice a Adelita Vásquez a cuatro años de pena privativa de libertad convertida a 208 jornadas de prestación de servicios a la comunidad; Franklin Coronel, Julio Quiroz y Fernando Quiroz, también cómplices del delito de colusión simple y cuatro años de prisión efectiva. Además, Dante Sánchez, a 11 años de prisión efectiva.
Se fijó la suma de S/. 1 196 118.08, el monto que por concepto de reparación civil deberán cancelar los sentenciados Saúl Sánchez, Adelita Vásquez y Dante Sánchez, en forma solidaria a favor de la parte agraviada.
El fiscal adjunto superior Julio Taboada Ramón solicitó la confirmación de la sentencia por estar acreditada la participación de Saúl Sánchez, en su condición de alcalde del distrito de San Juan de Cutervo en Cajamarca, y concertó con representantes de un consorcio de construcción, interviniendo en la etapa de contratación y liquidación, de la obra ‘Rehabilitación de los caminos vecinales del tramo: San Juan – Santa Cruz de la Succha, Tramo 2: Amachonga – La Conga, Tramo 3: San Juan – El Paraíso del distrito de San Juan de Cutervo’, defraudando patrimonialmente al Estado, al suscribir el contrato para la ejecución de la obra, pese a que no cumplió con remitir la documentación respectiva.
Además, no se realizó el cobro de penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales, ocasionando un perjuicio económico de S/. 231 836,93 y no se ejecutó la garantía de fiel cumplimiento, pese a emitir una resolución de alcaldía que resolvió el contrato por la causal de incumplimiento imputable al consorcio ejecutor, ocasionando un perjuicio de S/. 864 281,15.
Que Saúl Sánchez también habría concertado con otro consorcio de construcción, donde Víctor Altamirano y Julio Quiroz, intervinieron en la etapa de selección y contratación para la supervisión de la obra, a fin de defraudar al Estado. Se habría restringido la participación de otros postores, a través de su hermano Dante Sánchez, brindando las facilidades para el otorgamiento de la buena pro a esta empresa.
Por otro lado, en la sentencia se declaró la nulidad en el extremo que absolvió de la acusación fiscal contra Jaime Alvarado, Ubaldo Pesantes, Daniel Pérez, Aleyda Silva, Madelynn García, Reyner Carrasco, Cristhian Arce, Sandra León y Brolin Delgado, en calidad de autores y en contra de Juana Arana, Agataliz Coronado y Orlando Torres, como cómplices del delito de colusión agravada.
La Sala consideró que la sentencia recurrida se encuentra motivada en el extremo de condena por cuanto se ha actuado con pruebas de cargo al derecho de presunción de inocencia de los condenados, debe confirmarse el extremo de condena. Caso distinto, en el extremo absolutorio en el cual si se han advertido deficiencia en la motivación y la valoración de prueba conforme lo anotado en los considerandos precedentes.
En primera instancia la sentencia fue lograda por la fiscal provincial Karim Ninaquispe Gil, de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque.
Distrito Fiscal de Lambayeque