Fiscalía logró sentencia para sujeto por el delito de acoso en agravio de exenamorada por mensajes a través de billetera digital
Nota de prensa
11 de diciembre de 2025 - 4:05 p. m.
El Cuarto Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Violencia Contra la Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa logró una sentencia de cuatro años de prisión, suspendida en su ejecución, para Juan Dávila por el delito de acoso en agravio de su exenamorada.
Según la investigación a cargo de la fiscal adjunta al provincial Liz Nina Aguilar, luego de que la víctima decidiera separarse de su pareja, el imputado, a través de llamadas telefónicas y mensajes por whatsapp, la acosó con la finalidad de retomar la relación.
Durante las diligencias fiscales, se identificó que el acusado realizaba continuamente llamadas telefónicas a la agraviada: en un solo día se registró 56 llamadas perdidas. Cuando la víctima decidió cortar toda comunicación y bloqueó al imputado en llamadas y mensajes de WhatsApp, este optó por utilizar un aplicativo de billetera digital, realizando depósitos por 0.10 céntimos para tener contacto con ella.
En juicio, el procesado confesó voluntariamente su delito, admitiendo los hechos imputados por el representante del Ministerio Público. De esta manera, se acogió al mecanismo legal de la conclusión anticipada del proceso, que fue aceptado por el Poder Judicial, al estar conforme a la norma vigente.
Como parte de la sentencia, se ordenó el pago de S/ 1000 por concepto de reparación civil, que deberá realizar el sentenciado a favor de la víctima, así como el pago de 255 días multa, que equivale a S/ 2652.
El sentenciado, además, deberá cumplir con las reglas de conducta impuestas, y en caso no lo haga será enviado a prisión.
Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar
Según la investigación a cargo de la fiscal adjunta al provincial Liz Nina Aguilar, luego de que la víctima decidiera separarse de su pareja, el imputado, a través de llamadas telefónicas y mensajes por whatsapp, la acosó con la finalidad de retomar la relación.
Durante las diligencias fiscales, se identificó que el acusado realizaba continuamente llamadas telefónicas a la agraviada: en un solo día se registró 56 llamadas perdidas. Cuando la víctima decidió cortar toda comunicación y bloqueó al imputado en llamadas y mensajes de WhatsApp, este optó por utilizar un aplicativo de billetera digital, realizando depósitos por 0.10 céntimos para tener contacto con ella.
En juicio, el procesado confesó voluntariamente su delito, admitiendo los hechos imputados por el representante del Ministerio Público. De esta manera, se acogió al mecanismo legal de la conclusión anticipada del proceso, que fue aceptado por el Poder Judicial, al estar conforme a la norma vigente.
Como parte de la sentencia, se ordenó el pago de S/ 1000 por concepto de reparación civil, que deberá realizar el sentenciado a favor de la víctima, así como el pago de 255 días multa, que equivale a S/ 2652.
El sentenciado, además, deberá cumplir con las reglas de conducta impuestas, y en caso no lo haga será enviado a prisión.
Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar