FECOF Pasco logra sentencia de cinco años para médico por cohecho pasivo propio al solicitar dinero a un paciente
Nota de prensaAdemás, cuatro años de prisión para trabajador civil por cohecho activo genérico al emitir informe para que se otorgue pensión de invalidez.

29 de setiembre de 2025 - 4:34 p. m.
La Fiscalía Especializada en Delito de Corrupción de Funcionarios (FECOF) de Pasco, logró en audiencia la responsabilidad penal de Jose Diaz y de Juan Salazar, con pena privativa de la libertad suspendida por los delitos de cohecho pasivo propio y cohecho activo genérico en agravio del Estado.
La fiscal adjunta provincial Jaquelyne Milagros Criollo Díaz señaló que, los hechos datan de 2018 cuando el imputado Jose Diaz, aprovechando su cargo de médico cirujano neumólogo y miembro de la Comisión Médica de Calificaciones de incapacidad del Hospital II Red Asistencial Pasco - EsSalud, solicitó dinero al paciente Rubén Salazar y este a su vez entregó la suma de S/ 8000, para que emita informes médicos favorables para el otorgamiento de pensión de invalidez, donde se determinarían los males ocasionados en el desarrollo de su trabajo y así pueda obtener beneficios en su centro de labores por enfermedad profesional.
Es así como, al médico José Diaz se le atribuye como autor directo del delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho pasivo propio, en agravio del Estado peruano – EsSalud, imponiendo cinco años de pena privativa de libertad de carácter suspendida en su ejecución por el régimen de prueba de cuatro años, cinco años de inhabilitación bajo reglas de conducta, una reparación civil de S/ 10 000, a favor de la parte agraviada.
Además de una pena de 365 días multa por la suma de S/ 24 961.13, no volver a cometer delito doloso bajo apercibimiento, de no cumplir con las reglas de conducta se revocó la pena privativa de libertad de carácter suspendida por pena privativa de libertad de carácter efectiva.
Mientras que, a Juan Salazar se le atribuye autor del delito contra la administración pública, en la modalidad de cohecho activo genérico, en agravio del Estado peruano – EsSalud, imponiendo cuatro años de pena privativa de libertad de carácter suspendida en su ejecución por el régimen de prueba de dos años.
Así como, cuatro años de inhabilitación bajo reglas de conducta, una reparación civil de S/ 3000 a favor de la parte agraviada, y una pena de 365 días multa al sentenciado por la suma de S/ 2737.50.
Distrito Fiscal de Pasco
La fiscal adjunta provincial Jaquelyne Milagros Criollo Díaz señaló que, los hechos datan de 2018 cuando el imputado Jose Diaz, aprovechando su cargo de médico cirujano neumólogo y miembro de la Comisión Médica de Calificaciones de incapacidad del Hospital II Red Asistencial Pasco - EsSalud, solicitó dinero al paciente Rubén Salazar y este a su vez entregó la suma de S/ 8000, para que emita informes médicos favorables para el otorgamiento de pensión de invalidez, donde se determinarían los males ocasionados en el desarrollo de su trabajo y así pueda obtener beneficios en su centro de labores por enfermedad profesional.
Es así como, al médico José Diaz se le atribuye como autor directo del delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho pasivo propio, en agravio del Estado peruano – EsSalud, imponiendo cinco años de pena privativa de libertad de carácter suspendida en su ejecución por el régimen de prueba de cuatro años, cinco años de inhabilitación bajo reglas de conducta, una reparación civil de S/ 10 000, a favor de la parte agraviada.
Además de una pena de 365 días multa por la suma de S/ 24 961.13, no volver a cometer delito doloso bajo apercibimiento, de no cumplir con las reglas de conducta se revocó la pena privativa de libertad de carácter suspendida por pena privativa de libertad de carácter efectiva.
Mientras que, a Juan Salazar se le atribuye autor del delito contra la administración pública, en la modalidad de cohecho activo genérico, en agravio del Estado peruano – EsSalud, imponiendo cuatro años de pena privativa de libertad de carácter suspendida en su ejecución por el régimen de prueba de dos años.
Así como, cuatro años de inhabilitación bajo reglas de conducta, una reparación civil de S/ 3000 a favor de la parte agraviada, y una pena de 365 días multa al sentenciado por la suma de S/ 2737.50.
Distrito Fiscal de Pasco