Fiscalía exhorta a las municipalidades de Lima a elaborar y aprobar planes de riesgo de desastres
Nota de prensa

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
22 de julio de 2025 - 4:36 p. m.
La Fiscalía de Prevención del Delito de Lima realizó el taller “Fortalecimiento para la formulación de los Planes Locales de Cambio Climático”, en el que exhortó a las municipalidades provinciales y distritales de Lima Metropolitana a elaborar estos documentos de riesgos de desastres en el marco de sus competencias.
Actualmente solo tres municipalidades cuentan con un Plan Local de Cambio Climático aprobado por su respectiva jurisdicción: San Juan de Miraflores, Santiago de Surco y Villa María del Triunfo.
Durante el taller, presidido por el fiscal superior Armando Ortiz Zapata, coordinador nacional de las fiscalías especializadas en Prevención del Delito, se buscó sensibilizar al personal municipal con el fin de que cumplan con sus deberes funcionales y eviten la comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de protección y conservación del ambiente, las municipalidades deben formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental y frente al cambio climático.
Además, el artículo 11° de la Ley N°30754, Ley de Marco sobre Cambio Climático establece que las municipalidades provinciales y distritales deben elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su Plan Local del Cambio Climático.
Según la Defensoría del Pueblo, cerca de cinco millones de peruanos están en alto riesgo por la temporada de lluvias y huaicos, lo que podría generar violentas inundaciones o deslizamientos, en especial en las zonas críticas ubicadas a lo largo del río Rímac.
Por otro lado, en los sectores del Pablo Patrón y Carapongo la colmatación que impide que el agua discurra normalmente podría ocasionar desbordes e inundaciones si no se ejecuta labores de limpieza y descolmatación del río.
Asimismo, la situación de ocupación informal y el uso inadecuado en diversos tramos de las zonas adyacentes al río Rímac, algunos de los cuales presentaban rellenos con desmonte, obstaculizaban el cauce regular del río, además de que muchas ocupaciones se presentan en la faja marginal del río, pese a que ello se encuentra prohibido.
Coordinación Nacional de Fiscalías de Prevención del Delito
Actualmente solo tres municipalidades cuentan con un Plan Local de Cambio Climático aprobado por su respectiva jurisdicción: San Juan de Miraflores, Santiago de Surco y Villa María del Triunfo.
Durante el taller, presidido por el fiscal superior Armando Ortiz Zapata, coordinador nacional de las fiscalías especializadas en Prevención del Delito, se buscó sensibilizar al personal municipal con el fin de que cumplan con sus deberes funcionales y eviten la comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de protección y conservación del ambiente, las municipalidades deben formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental y frente al cambio climático.
Además, el artículo 11° de la Ley N°30754, Ley de Marco sobre Cambio Climático establece que las municipalidades provinciales y distritales deben elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su Plan Local del Cambio Climático.
Según la Defensoría del Pueblo, cerca de cinco millones de peruanos están en alto riesgo por la temporada de lluvias y huaicos, lo que podría generar violentas inundaciones o deslizamientos, en especial en las zonas críticas ubicadas a lo largo del río Rímac.
Por otro lado, en los sectores del Pablo Patrón y Carapongo la colmatación que impide que el agua discurra normalmente podría ocasionar desbordes e inundaciones si no se ejecuta labores de limpieza y descolmatación del río.
Asimismo, la situación de ocupación informal y el uso inadecuado en diversos tramos de las zonas adyacentes al río Rímac, algunos de los cuales presentaban rellenos con desmonte, obstaculizaban el cauce regular del río, además de que muchas ocupaciones se presentan en la faja marginal del río, pese a que ello se encuentra prohibido.
Coordinación Nacional de Fiscalías de Prevención del Delito