Ucayali: Fiscalía Superior confirma seis años de prisión para acusado de cometer tocamientos a su sobrina
Nota de prensaLa menor fue víctima de su tío en tres ocasiones distintas en el 2014.

17 de julio de 2025 - 5:11 p. m.
La Segunda Fiscalía Superior Penal de Ucayali ha logrado la confirmación de una sentencia de seis años de prisión efectiva y el pago de S/ 10 000 de reparación civil para Roy William P. R., por el delito contra la libertad sexual en la modalidad de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de una menor.
Según la acusación fiscal, los hechos se remontan a noviembre de 2014, cuando la menor fue víctima de su tío en tres ocasiones distintas. En el primer incidente, llevó a su sobrina a su vivienda en Yarinacocha tras quedarse a solas con ella fuera del Hospital Regional de Pucallpa. Allí, aprovechó la oportunidad para realizar un acto de connotación sexual. Posteriormente, la amenazó para que no revelara lo sucedido y le ofreció dinero para mantenerla en silencio.
El fiscal superior Cesar Manuel Calderón Moreno, en audiencia de apelación, detalló que el segundo ilícito ocurrió en noviembre de 2014, frente a la vivienda de la madre de la menor, en el distrito de Callería. En esa ocasión, mientras la menor se encontraba en el motokar del sentenciado, este, le realizó tocamientos indebidos.
El representante del Ministerio Público indicó que el tercer abuso también tuvo lugar en noviembre de 2014, cuando la menor estaba en la casa de un familiar en el distrito de Callería. Allí, mientras jugaba con un celular, el imputado apareció y volvió a realizar tocamientos indebidos
La menor decidió revelar lo sucedido a su madre en mayo de 2015, quien interpuso la denuncia correspondiente ante la Comisaría de Yarinacocha.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones consideró que las pruebas presentadas y valoradas en el juicio oral, tanto de manera individual como en conjunto por el tribunal de primera instancia, permitieron establecer la responsabilidad penal del acusado en el delito imputado.
La declaración de la víctima fue crucial y de suma importancia para el desarrollo del proceso. La Sala concordó plenamente con los fundamentos y consideraciones de la jueza de primera instancia, lo que justifica el fallo condenatorio emitido y ratifica la condena impuesta.
Distrito Fiscal de Ucayali
Según la acusación fiscal, los hechos se remontan a noviembre de 2014, cuando la menor fue víctima de su tío en tres ocasiones distintas. En el primer incidente, llevó a su sobrina a su vivienda en Yarinacocha tras quedarse a solas con ella fuera del Hospital Regional de Pucallpa. Allí, aprovechó la oportunidad para realizar un acto de connotación sexual. Posteriormente, la amenazó para que no revelara lo sucedido y le ofreció dinero para mantenerla en silencio.
El fiscal superior Cesar Manuel Calderón Moreno, en audiencia de apelación, detalló que el segundo ilícito ocurrió en noviembre de 2014, frente a la vivienda de la madre de la menor, en el distrito de Callería. En esa ocasión, mientras la menor se encontraba en el motokar del sentenciado, este, le realizó tocamientos indebidos.
El representante del Ministerio Público indicó que el tercer abuso también tuvo lugar en noviembre de 2014, cuando la menor estaba en la casa de un familiar en el distrito de Callería. Allí, mientras jugaba con un celular, el imputado apareció y volvió a realizar tocamientos indebidos
La menor decidió revelar lo sucedido a su madre en mayo de 2015, quien interpuso la denuncia correspondiente ante la Comisaría de Yarinacocha.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones consideró que las pruebas presentadas y valoradas en el juicio oral, tanto de manera individual como en conjunto por el tribunal de primera instancia, permitieron establecer la responsabilidad penal del acusado en el delito imputado.
La declaración de la víctima fue crucial y de suma importancia para el desarrollo del proceso. La Sala concordó plenamente con los fundamentos y consideraciones de la jueza de primera instancia, lo que justifica el fallo condenatorio emitido y ratifica la condena impuesta.
Distrito Fiscal de Ucayali