Fiscalía de Extinción de Dominio de Lima recupera más de un millón de euros vinculados a sobornos del caso Odebrecht
Nota de prensaTrascendental logro refuerza autonomía del subsistema de extinción de dominio para despojar a corruptos de sus ganancias ilegales.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
3 de junio de 2025 - 5:00 p. m.
La Sexta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima, a cargo del fiscal provincial Renzo Cayro Armejo, logró una sentencia a favor del Estado peruano para recuperar 1’041,486.88 euros, más los intereses generados hasta la fecha de la ejecución del fallo judicial. Este monto, vinculado directamente a sobornos del caso Odebrecht, estaba en poder de Jorge Horacio Cánepa Torre y la empresa Maxcrane Finance S.A.
La indagación fiscal demostró que esta suma de dinero constituye el "efecto" del delito de cohecho pasivo específico cometido por Jorge Horacio Cánepa Torre quien, en su condición de árbitro en procesos arbitrales que involucraban a Odebrecht y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, recibió estas "comisiones ilícitas" a cambio de garantizar que el Tribunal Arbitral emitiera laudos favorables a los intereses de la empresa brasileña.
Este trascendental fallo judicial no solo recupera para el Estado peruano una importante cantidad de dinero proveniente de actos de corrupción, sino que también establece un precedente fundamental: la sentencia determina que los sobornos obtenidos de forma ilícita no pueden ser utilizados para el pago de la reparación civil ni ser objeto de embargo para este concepto. De acuerdo con la resolución judicial, solo los bienes de origen lícito del sentenciado pueden servir para tal finalidad.
Esta decisión refuerza el principio de independencia de los procesos de extinción de dominio como una herramienta autónoma para despojar a los corruptos de sus ganancias ilegales, marcando un hito en la recuperación de activos producto del delito.
De esta manera, la Fiscalía de Extinción de Dominio reafirma su compromiso inquebrantable en la persecución de las ganancias ilícitas y la lucha frontal contra la corrupción en todas sus manifestaciones.
Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Lavado de Activos y Corrupción de Funcionarios
La indagación fiscal demostró que esta suma de dinero constituye el "efecto" del delito de cohecho pasivo específico cometido por Jorge Horacio Cánepa Torre quien, en su condición de árbitro en procesos arbitrales que involucraban a Odebrecht y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, recibió estas "comisiones ilícitas" a cambio de garantizar que el Tribunal Arbitral emitiera laudos favorables a los intereses de la empresa brasileña.
Este trascendental fallo judicial no solo recupera para el Estado peruano una importante cantidad de dinero proveniente de actos de corrupción, sino que también establece un precedente fundamental: la sentencia determina que los sobornos obtenidos de forma ilícita no pueden ser utilizados para el pago de la reparación civil ni ser objeto de embargo para este concepto. De acuerdo con la resolución judicial, solo los bienes de origen lícito del sentenciado pueden servir para tal finalidad.
Esta decisión refuerza el principio de independencia de los procesos de extinción de dominio como una herramienta autónoma para despojar a los corruptos de sus ganancias ilegales, marcando un hito en la recuperación de activos producto del delito.
De esta manera, la Fiscalía de Extinción de Dominio reafirma su compromiso inquebrantable en la persecución de las ganancias ilícitas y la lucha frontal contra la corrupción en todas sus manifestaciones.
Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Lavado de Activos y Corrupción de Funcionarios