Lucanas: Fiscalía Anticorrupción logra condena para exalcalde, ex funcionarios y empresario por defraudar a la Municipalidad de San Pedro
Nota de prensaSe coludieron para girar y cobrar cheques por servicios y adquisiciones fraudulentos

Fotos: Oficina de imagen institucional
31 de marzo de 2025 - 4:21 p. m.
La Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ayacucho logró que se condene en primera instancia a Francisco R. C. (62), Edwin H. B. A. (70) y Saida J. M. (55), a siete años de pena privativa de libertad efectiva como autores del delito de colusión agravada.
También fueron sentenciados Fredy C. L. C. (46) a 10 años y seis meses de prisión como cómplice primario de los delitos de colusión simple y agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de San Pedro. La investigación la realizó el fiscal provincial Jorge Rafael Nicolás Quispe,
quien logró que se condene a cuatro años de pena privativa de libertad suspendida, sujeta a reglas de conducta, a Dionicio F. L. (66), como autor del delito de colusión simple.
El entonces alcalde y el exjefe de Logística y Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de San Pedro, concertaron con el gerente de la empresa FD Procon Ingenieros SRL, para defraudar a la entidad edil en la contratación del servicio de armado de estructura del puente colgante y servicio de construcción de plataforma y columna tipo castillo para la obra Creación del puente peatonal de Pampa Redonda, distrito de San Pedro, proceso que debía efectuarse cuando la contratación superase las tres Unidades Impositivas Tributarias.
El alcalde ordenó emitir las órdenes de compra en favor de la empresa para el servicio a fin de evitar la realización de un proceso de selección de menor cuantía. Así, se expidió la orden de servicio el 23 de diciembre de 2013 por S/ 10 500. Asimismo, se emitió otra orden en la misma fecha por S/ 10 300, sin realizar el estudio de mercado, los cuales fueron recibidos por el empresario, quien coordinó previamente con el burgomaestre para asumir la dirección de la obra.
Además, la extesorera y el exgerente municipal junto con el burgomaestre, concertaron con el empresario para defraudar a la entidad edil con el pago de servicios y provisión de bienes pese a que la empresa no cumplió; no obstante, se presentó facturas para que la municipalidad le pague. Así, la tesorera, teniendo conocimiento de la situación, pagó las sumas el 31 de diciembre de 2013, defraudando al Estado por S/ 20 800.
Por otro lado, sobre el servicio de alquiler de andamios, flete terrestre y provisión de 2620 pies de madera, 133.65 kilógramos de péndola de fierro, 475 bolsas de cemento, 170 metros de cable, 2000 kilos de acero y otros 90 metros de cable, requeridos a la empresa en mención con órdenes de servicio y compra del 23 de diciembre de 2013, esta incumplió; pero la empresa presentó facturas para que la entidad le pague.
La extesorera, sabiendo que no se contaba con el informe de conformidad del área usuaria giró los cheques, suscribiendo en el rubro de conformidad de los comprobantes de pago del 31 de diciembre de 2013; además, giró otros cheques con diversas cantidades para pagos no prestados.
A su turno, el exgerente municipal quien también tenía conocimiento de la no ejecución del servicio y de la no entrega de los bienes, suscribió cheques con diversas cantidades para el pago de los servicios y adquisición de productos que no se realizaron. El empresario cobró indebidamente S/ 53 721.49, por servicios y bienes no prestados ni proveídos. Los sentenciados defraudaron económicamente al Estado por S/ 74 521.49.
Los exfuncionarios ediles fueron inhabilitados por el mismo lapso de las penas; el burgomaestre y el exgerente municipal deberán asumir lo correspondiente a 300 días multa, equivalente a S/ 1875. Mientras que el empresario deberá pagar lo ascendente a 350 días multa, equivalente a S/ 2187.50. Todos deberán pagar S/ 97 444.83, de reparación civil en favor del Estado.
Distrito Fiscal de Ayacucho
También fueron sentenciados Fredy C. L. C. (46) a 10 años y seis meses de prisión como cómplice primario de los delitos de colusión simple y agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de San Pedro. La investigación la realizó el fiscal provincial Jorge Rafael Nicolás Quispe,
quien logró que se condene a cuatro años de pena privativa de libertad suspendida, sujeta a reglas de conducta, a Dionicio F. L. (66), como autor del delito de colusión simple.
El entonces alcalde y el exjefe de Logística y Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de San Pedro, concertaron con el gerente de la empresa FD Procon Ingenieros SRL, para defraudar a la entidad edil en la contratación del servicio de armado de estructura del puente colgante y servicio de construcción de plataforma y columna tipo castillo para la obra Creación del puente peatonal de Pampa Redonda, distrito de San Pedro, proceso que debía efectuarse cuando la contratación superase las tres Unidades Impositivas Tributarias.
El alcalde ordenó emitir las órdenes de compra en favor de la empresa para el servicio a fin de evitar la realización de un proceso de selección de menor cuantía. Así, se expidió la orden de servicio el 23 de diciembre de 2013 por S/ 10 500. Asimismo, se emitió otra orden en la misma fecha por S/ 10 300, sin realizar el estudio de mercado, los cuales fueron recibidos por el empresario, quien coordinó previamente con el burgomaestre para asumir la dirección de la obra.
Además, la extesorera y el exgerente municipal junto con el burgomaestre, concertaron con el empresario para defraudar a la entidad edil con el pago de servicios y provisión de bienes pese a que la empresa no cumplió; no obstante, se presentó facturas para que la municipalidad le pague. Así, la tesorera, teniendo conocimiento de la situación, pagó las sumas el 31 de diciembre de 2013, defraudando al Estado por S/ 20 800.
Por otro lado, sobre el servicio de alquiler de andamios, flete terrestre y provisión de 2620 pies de madera, 133.65 kilógramos de péndola de fierro, 475 bolsas de cemento, 170 metros de cable, 2000 kilos de acero y otros 90 metros de cable, requeridos a la empresa en mención con órdenes de servicio y compra del 23 de diciembre de 2013, esta incumplió; pero la empresa presentó facturas para que la entidad le pague.
La extesorera, sabiendo que no se contaba con el informe de conformidad del área usuaria giró los cheques, suscribiendo en el rubro de conformidad de los comprobantes de pago del 31 de diciembre de 2013; además, giró otros cheques con diversas cantidades para pagos no prestados.
A su turno, el exgerente municipal quien también tenía conocimiento de la no ejecución del servicio y de la no entrega de los bienes, suscribió cheques con diversas cantidades para el pago de los servicios y adquisición de productos que no se realizaron. El empresario cobró indebidamente S/ 53 721.49, por servicios y bienes no prestados ni proveídos. Los sentenciados defraudaron económicamente al Estado por S/ 74 521.49.
Los exfuncionarios ediles fueron inhabilitados por el mismo lapso de las penas; el burgomaestre y el exgerente municipal deberán asumir lo correspondiente a 300 días multa, equivalente a S/ 1875. Mientras que el empresario deberá pagar lo ascendente a 350 días multa, equivalente a S/ 2187.50. Todos deberán pagar S/ 97 444.83, de reparación civil en favor del Estado.
Distrito Fiscal de Ayacucho