Consultorio legal del MINJUSDH: ¿Cómo actuar legalmente ante inquilinos morosos?

Nota de prensa
En el programa transmitido en vivo a través de la cuenta de Facebook del sector, se absolvieron dudas respecto a lo que implica lidiar con un pago atrasado.
Consultorio

1 de febrero de 2024 - 7:41 p. m.

La edición de hoy del Consultorio Legal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) brindó orientación y absolvió preguntas del público sobre el tema de inquilinos morosos. Elsa Puelles, defensora pública de la Dirección Distrital del Callao, dio respuestas puntuales y útiles sobre el procedimiento de inquilinos morosos por pagos atrasados por el alquiler de un inmueble.

La abogada Puelles explicó a través del Facebook del sector que, legalmente, un arrendatario se convierte en inquilino moroso cuando deja de pagar el monto pactado y se le ha cursado una carta notarial o documento simple con fecha cierta, manifestando que se podrá resolver el contrato si no cumple lo pactado. Si no se cursa un documento, no se puede hablar de un inquilino moroso.

¿De qué manera nos protegemos? La defensora pública puso énfasis en la importancia de un contrato de arrendamiento, que incluya cláusulas específicas tanto para arrendatario como arrendador, entre las cuales se encuentran las fechas del pago estipulado del alquiler, tiempo de alquiler del predio, así como las causales para resolver el contrato, por lo cual “el contrato de arrendamiento es vital porque con ello resguardamos nuestro derecho de propiedad, así como la posesión temporal sujeta al contrato”, subrayó.

Cabe recordar que los defensores públicos del MINJUSDH brindan asesoría legal gratuita en esta materia y que es preferible que el contrato se realice con la guía de un abogado o notario. Este último puede legalizar el documento, protegiendo a las partes.

Otras acciones que podemos tomar para evitar entrar en un proceso legal engorroso por el incumplimiento de pagos de alquiler es pedir al eventual arrendatario información de las centrales de riesgo, en las cuales figurarán posibles deudas; asimismo, es importante pedir referencias de arrendatarios previos, información que ayudará a decidir si arrendamos o no un bien.

Una de las preguntas frecuentes que llegó al consultorio legal fue respecto a la intención de las personas agraviadas de ingresar a la fuerza y por su propia cuenta a los espacios que les pertenecen. Ante ello, la especialista recordó que no dejar ingresar a un predio que se ha alquilado constituye el delito de usurpación. “Aunque yo sea el dueño, sí podría ser denunciado por vulnerar la posesión momentánea del inquilino”, anotó.

Finalmente, sugirió acudir a un centro de conciliación si es que ambas partes muestran voluntad de dialogo y así solucionar el conflicto de intereses. En caso de que no se pueda conciliar, corresponde ir a un proceso judicial. Cabe recordar se puede conciliar en cualquier etapa del proceso, hasta antes la sentencia.
El Consultorio Legal del MINJUSDH se transmite en vivo los jueves de 10 a 11 de la mañana, y las preguntas se pueden formular desde nuestras diferentes plataformas digitales. El espacio informativo busca orientar sobre diferentes temas cotidianos de índole legal.

Por otro lado, la Defensa Pública gratuita del MINJUSDH pone a disposición a sus abogados y abogadas para patrocinar a las personas en situación de pobreza y/o vulnerabilidad que lo requieran. Asimismo, mediante el Fono Alegra 1884, la población en general puede recibir información legal gratuita.