Ministro Arana: “La norma sobre deshacinamiento no es un cheque en blanco, ni una puerta abierta a la impunidad”

Nota de prensa
MINJUSDH aclara que no es aplicable para delitos graves como corrupción, extorsión, sicariato, terrorismo, violencia contra la mujer, entre otros.
Ministro

26 de noviembre de 2023 - 2:19 p. m.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) señala que el Decreto Legislativo N° 1585 busca operativizar la aplicación de la vigilancia electrónica como medida alternativa a la prisión, únicamente para determinados delitos de mínima lesividad.
Asimismo, subraya que esta norma no es aplicable para sentenciados ni procesados por delitos graves como corrupción, extorsión y sicariato, robo agravado, secuestro, terrorismo, violación sexual, tocamientos indebidos, violencia contra la mujer, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, organización criminal, acoso sexual, bullying, trata de personas, explotación sexual, proxenetismo, lesiones a mujeres niños e integrantes del grupo familiar.
El ministro Arana aclaró que el uso de grilletes electrónicos está regulado desde el 2010. La nueva norma busca dinamizar su uso, además de agregar nuevas causales de improcedencia como los casos de violencia contra la mujer.
La norma responde a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional para el deshacinamiento penitenciario y recoge propuestas sobre el uso de grilletes discutidas en el Grupo de Trabajo Multisectorial del Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC) integrado por varias instituciones como la Defensoría del Pueblo, Ministerio de Justicia, Poder Judicial, Ministerio Público y Ministerio del Interior.
Finalmente, la norma prevé un calendario progresivo para su implementación que, en una primera etapa de 6 meses, comprendería a unos 500 internos.