Ejecutivo aprueba la Política Nacional del Adolescente en Riesgo y en Conflicto con la Ley Penal al 2030
Nota de prensa
27 de setiembre de 2023 - 11:53 a. m.
Bajo la conducción del MINJUSDH, se busca que las y los adolescentes no ingresen o continúen una trayectoria criminal mediante la aplicación de un enfoque preventivo eficiente y una justicia penal juvenil especializada y restaurativa.
El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo Nº 009-2023-JUS que aprueba la Política Nacional del Adolescente en Riesgo y en Conflicto con la Ley Penal al 2030, cuya conducción está a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el cual busca que las y los adolescentes no ingresen o continúen una trayectoria criminal mediante la aplicación de un enfoque preventivo eficiente y una justicia penal juvenil especializada y restaurativa.
Se trata de una Política Nacional que buscará resolver el problema público de la persistencia del contexto criminógeno en las y los adolescentes en riesgo delictivo y en conflicto con la Ley Penal. Esto significa que, por un lado, reducirá la exposición continua que esta población tiene a factores asociados a la violencia y el delito evitando la probabilidad de su involucramiento en infracciones a la ley penal; y, por otro, fortalecerá el sistema de justicia penal juvenil para favorecer una adecuada y efectiva resocialización e integración a la vida familiar, educativa y social.
Esta política nacional considera tres objetivos prioritarios:
1) Reducir la concentración de condiciones de riesgo infractor, a fin de que las y los adolescentes se desarrollen de forma integral para evitar entornos criminales. Esto implica fortalecer a la familia, la comunidad y las instituciones educativas, de modo que, sean espacios de promoción de los factores protectores.
2) Fortalecer el sistema de justicia penal juvenil. Este objetivo pretende asegurar el debido proceso y el respeto de los derechos fundamentales de las y los adolescentes en conflicto con la ley penal alineados al Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes y su reglamento. Así como, el fortalecimiento de las estrategias y programas vinculados a las salidas alternativas al proceso judicial, y los enfoques como la justicia juvenil restaurativa y la justicia terapéutica.
3) Fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la ley penal. Este objetivo dispone alcanzar los niveles más altos de reinserción social con la aplicación de medidas socioeducativas en los Centros Juveniles, así como durante la intervención de la Línea de Acción Justicia Juvenil Restaurativa y su programa de orientación en el marco de la implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.
Para lograr dichos objetivos se han determinado 15 servicios a cargo de los sectores del Poder Ejecutivo, Ministerio Público y el Poder Judicial, los cuales están vinculados directa e indirectamente con la población de adolescentes que presentan factores de riesgo delictivos a nivel educativo, familiar o comunitario, así como todos los servicios dirigidos a los y las adolescentes en conflicto con la ley penal en sistema de justicia penal juvenil y su correspondiente atención en una medida socioeducativa o programa de orientación.
Los 15 servicios que definen la PNARCLP al 2030 son los siguientes:
1. Servicio de orientación, consejería e intervención breve con carácter integral en el tema de drogas
2. Servicio de fortalecimiento de capacidades parentales con carácter integral dirigido a padres de familia e hijos adolescentes
3. Servicio de atención preventivo-promocional en salud integral para adolescentes para la identificación y atención de riesgo
4. Servicio de actividades socioeducativas en colegios de carácter integral para adolescentes en riesgo de consumo de drogas
5. Servicio de tutoría y orientación educativa de carácter fiable para promover el bienestar y desarrollo integral de las y los estudiantes
6. Servicio de atención integral a mujeres e integrantes del grupo familiar afectadas por hechos de violencia física, psicológica, sexual y económica o patrimonial, así como cualquier persona afectada por violencia sexual a través de los Centros Emergencia Mujer
7. Servicio de autorización de trabajo adolescente de carácter oportuno
8. Servicio de Educación Básica Alternativa de carácter accesible para adolescentes
9. Servicio de acceso a la justicia penal juvenil fiable garantizando los derechos de los y las adolescentes en conflicto con la ley penal
10. Servicio de acceso a la justicia penal juvenil fiable en el proceso judicial por infracciones a la ley penal para adolescentes
11. Servicio de defensa pública penal de carácter accesible para adolescentes en conflicto con la ley penal
12. Servicio de mediación de carácter accesible para adolescentes en conflicto con la ley penal
13. Servicio de acceso a atención policial en módulos especializado en comisarías para adolescentes en conflicto con la ley penal
14. Servicio de tratamiento socioeducativo de carácter integral para adolescentes en conflicto con la ley penal.
15. Servicio de ejecución del programa de orientación de carácter integral para adolescentes en conflicto con la ley penal
El referido Decreto Supremo lleva las firmas de la presidenta de la República, Dina Boluarte; el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola; la ministra de Educación, Miriam Ponce; el ministro del Interior, Vicente Romero; el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana; la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Nancy Tolentino; el ministro de Salud, César Vásquez; y el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate.
Con el desarrollo de esta Política Nacional se contribuirá con la disminución de los niveles de violencia, delincuencia e inseguridad ciudadana del país en el mediano y largo plazo, toda vez que evitará que adolescentes y jóvenes se involucren en comportamientos reprochables por la sociedad y penalizados por el Estado peruano.