MINJUSDH brinda el servicio de conciliación extrajudicial a través de 82 Centros de Conciliación Gratuitos en todo el país

Nota de prensa
Durante el año 2022 se atendió cerca de 8 mil procedimientos conciliatorios, principalmente en Lima, Áncash, Ica, Arequipa, Lambayeque y Huánuco.
Concilia
Concilia

11 de noviembre de 2022 - 9:32 a. m.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), a través de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, brinda el servicio de conciliación extrajudicial como mecanismo alternativo para la solución de conflictos de manera rápida, eficaz y oportuna, sin necesidad de ir a juicio, en casos vinculados a temas civiles y de familia.
En el marco del Día de la Conciliación Extrajudicial, que se celebra este domingo 13 de noviembre, el MINJUSDH informó que, en la actualidad, cuenta con 82 Centros de Conciliación Gratuitos a nivel nacional.
Asimismo, refirió que, en lo que va del año 2022, según cifras de la Dirección de Conciliación Extrajudicial, estos Centros de Conciliación Gratuitos atendieron 7,987 procedimientos conciliatorios en todo el país.
De ese total, 2,361 procedimientos se realizaron en Lima, 705 en Áncash, 585 en Ica, 544 en Arequipa, 378 en Lambayeque, 374 en Huánuco, 374 en La Libertad, 338 en Piura, 310 en Junín, 301 en San Martín y 286 en Moquegua.
De igual modo, 238 en Apurímac, 218 en Cajamarca, 162 en Cusco, 154 en amazonas, 123 en Puno, 103 en Tacna, 100 en Ucayali, 89 en Ayacucho, 84 en Loreto, 82 en Huancavelica, 60 en Pasco y 18 en Tumbes.
Ventajas de la conciliación extrajudicial
En materia civil, son materia de conciliación los casos de desalojo, pago de deudas, indemnización, pago de arrendamiento, otorgamiento de escritura, obligación de dar, hacer y no hacer; división y partición de bienes, incumplimiento de contrato, y ofrecimiento de pago; y en materia de familia, se pueden conciliar los casos de pensión de alimentos, régimen de visitas, tenencia de hijos y otros derechos de libre disponibilidad.
La conciliación extrajudicial tiene como pilar la autonomía de la voluntad de las partes, que intervienen directamente en la solución del conflicto. La ventaja es que disminuye el tiempo y los costos, es confidencial, reservada, evita procesos judiciales y no requiere obligatoriamente la presencia de un abogado.
Se realiza en los Centros de Conciliación autorizados por el MINJUSDH, tanto gratuitos como privados. Para ser atendido en un Centro de Conciliación Gratuito debe ingresar su solicitud a través de la mesa de partes virtual o en la mesa de partes de la sede central del MINJUSDH, en la calle Scipión Llona N° 350, Miraflores.
El Centro de Conciliación Extrajudicial asignado designa a un conciliador, quien cursa las invitaciones a las partes para la realización de la audiencia, cuyo plazo no puede exceder los 10 días hábiles.
El Acta de Conciliación es el documento que expresa la manifestación de las partes en la conciliación extrajudicial. Contiene los acuerdos ciertos, expresos y exigibles establecidos por las partes y, además, constituye título ejecutivo. Por ello, en caso de incumplimiento, se puede solicitar su cumplimiento ante el juez.