ANTAIP supervisa implementación de formularios virtuales en aras de oportuno acceso a la información pública

Nota de prensa
El contexto ocasionado por la COVID -19 llevó a que las herramientas digitales cobren mayor relevancia, una de estas es el formulario virtual de acceso a la información pública.

15 de junio de 2022 - 5:55 p. m.

La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), en el marco de su función de supervisar el cumplimiento de las normas en materia de transparencia y acceso a la información en el país, llevó a cabo una supervisión nacional a 519 entidades con la finalidad de identificar a aquellas que han tenido la iniciativa de implementar un formulario virtual y si este se ha adecuado a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP).
 
Si bien actualmente las entidades no tienen la obligación de implementarlo, ya que pueden recibir solicitudes de acceso a través de otros medios como la mesa de partes física o virtual o una dirección electrónica, la implementación de este formulario es una buena práctica que permite a la población ejercer, de forma rápida y sencilla, su derecho de acceso a la información.
 
La supervisión identificó que solo el 30% de las entidades supervisadas (155 de 519) implementaron dicho formulario, mientras que el 70% restante (364 de 519) atiende las solicitudes de acceso a la información a través de otros medios virtuales o físicos. 
 
Asimismo, se observó que solo 35 formularios virtuales difundían el costo de reproducción de la copia simple (S/ 0.10), 32 del CD (S/ 1.00) y 28 del correo electrónico (que es una vía gratuita). No obstante, no habían sido actualizados en los formularios virtuales los montos por costo de reproducción establecidos en los TUPA.
 
Así, en el caso de copia simple se identificó que Produce consignaba en su formulario virtual un costo de reproducción mayor al estandarizado (S/. 0.20) y que 7 entidades consignaban un costo mayor del costo del CD. Es el caso de Devida (S/ 1.20), Produce (S/ 1.30), Reniec (S/ 1.50), Municipalidad Provincial de San Miguel – Cajamarca (S/. 1.70), JNJ (S/ 2.00), Agro Rural (S/ 2.00) y Gobierno Regional de Piura (S/ 3.00).
 
Por otro lado, de acuerdo a la LTAIP, solo son requisitos obligatorios para solicitar información el nombre y el apellido, el número del documento de identidad, el domicilio, la información que se desea obtener y la huella o firma (en caso de una solicitud física). A pesar de ello, se observó que 5 formularios exigían a las personas naturales más información relacionada al documento de identidad como la fecha de emisión, fecha de caducidad, código de verificación y ubigeo, así como la imagen de dicho documento; mientras que en 8 se requería mayor información del solicitante, tal como fecha de nacimiento, primer nombre del padre y de la madre, lugar de nacimiento, sexo e institución a la que pertenece. 
 
Cabe mencionar que los menores de edad no tienen la obligación de consignar su número de documento de identidad al solicitar información; no obstante, en 144 (92%) formularios virtuales se les obligaba a señalarlo. Por su parte, respecto a las personas jurídicas, se identificó que en 48 (31%) formularios no se permitía consignar una razón social, por lo que las solicitudes de información solo podían ser realizadas por personas naturales. 
 
En relación a la base legal señalada en el formulario, se identificó que en 40 (25%) consignaban la norma derogada, la cual podría inducir a error al solicitante ya que contempla plazos y un procedimiento distinto al actual. Asimismo, respecto a la publicación de avisos o enlaces a páginas con orientación al solicitante, si bien 80 (51%) formularios virtuales los difundían, solo 60 (38%) de dichas orientaciones se realizaban de manera correcta, de acuerdo con la normativa vigente.
 
Finalmente, cabe resaltar que las 155 entidades que implementaron el formulario virtual son el Congreso de la República, el Despacho Presidencial y los 19 ministerios del Poder Ejecutivo, así como 6 organismos constitucionales autónomos, la Academia de la Magistratura, 47 organismos públicos, 28 programas, proyectos y proyectos especiales, 17 gobiernos regionales, 14 municipalidades provinciales, 13 municipalidades distritales de Lima y Callao y 8 universidades públicas.
 
Puede acceder a los datos mencionados a través del reporte publicado en el siguiente enlace: https://bit.ly/3mRHOJH
 
En caso de tener consultas sobre el procedimiento de acceso a la información puede comunicarse a través del correo autoridaddetransparencia@minjus.gob.pe  o mediante el número (01) 204-8020 anexo 1020, de lunes a viernes, en el horario de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.