MINJUSDH da inicio a curso internacional “Modelo Acusatorio y Litigación Oral con el Código Procesal Penal”
Nota de prensa

1 de marzo de 2022 - 7:02 p. m.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) dio inicio hoy al “Curso Internacional en el Modelo Acusatorio y Litigación Oral con el Código Procesal Penal”, que se dictará hasta el 18 de marzo con el objetivo de fortalecer las capacidades de 200 los operadores del sistema de justicia penal de los distritos judiciales de Lima Sur y Lima Centro, incluyendo jueces, fiscales, defensores públicos y efectivos policiales.
En el acto de inauguración del curso virtual, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Angel Fernando Yldefonso Narro, recordó que en junio del 2021 el Perú completó la aplicación del Código Procesal Penal, iniciado en Huaura el 2006. Dijo que la implementación de este código, basado en un modelo acusatorio, ha demandado enormes esfuerzos de las entidades del sistema de justicia penal para alcanzar las metas previstas en términos de celeridad, transparencia y respeto a las garantías de las partes procesales, y que gracias a ello, el Perú cuenta hoy con un proceso penal alineado con la Constitución Política y los tratados internacionales de derechos humanos.
Agregó que, sin embargo, la implementación del modelo acusatorio es una tarea compleja, porque implica instaurar una nueva cultura legal, que no se consigue de forma automática con el reemplazo de un código por otro nuevo, sino que requiere de un trabajo sostenido para su consolidación, porque la mayor parte de los operadores jurídicos se han formado con el modelo inquisitivo predominantemente escrito, que es el que aprendieron en la universidad y en su práctica profesional.
Refirió que en el modelo acusatorio que inspira al Código Procesal Penal es indispensable que los operadores jurídicos manejen adecuadamente las técnicas de litigación oral, ya que el fiscal y el defensor se enfrentan en un juicio oral en el que el juez penal resolverá la controversia sobre la base de lo actuado en la audiencia, sin tener conocimiento previo del caso. Esto no estaba presente en los procesos sumarios que se tramitaban con el Código de Procedimientos Penales de 1940, basado en un modelo predominantemente escrito, donde los jueces sentenciaban sin un juicio oral previo.
El ministro indicó que, por la experiencia recogida en los distritos judiciales del país, la consolidación del modelo acusatorio es todavía un reto. Por esa razón, anotó, una línea estratégica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal que preside es el fortalecimiento continuo de capacidades de jueces, fiscales, defensores públicos y efectivos policiales, de modo tal que ellos estén debidamente preparados para desenvolverse en la oralidad.
En ese sentido, dijo que desde el MINJUSDH y la Comisión Especial de Implementación que preside, se seguirá impulsando el fortalecimiento del sistema de justicia penal en ambos distritos.
El curso, organizado por la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal del MINJUSDH, tendrá una duración de 26 horas académicas y constará de las siguientes materias: Lineamientos sobre el modelo acusatorio, a cargo de Leonel González Postigo, de Argentina; Alegatos de Apertura, por José Luis Pecina Alcalá (México); Objeciones en diligencias preliminares, por Juan Ortiz Benites (Perú); Protocolo Control de Identidad, a cargo de Henrry Coronado Salazar (Perú); y Taller de Interrogatorio, por Napoleón Armstrong Salas (Perú).
Asimismo, Protocolo de Gestión y Dirección de Audiencias, a cargo de Miguel Vásquez Rodríguez (Perú); Protocolo de Terminación anticipada, por Jhuliana Atahuamán (Perú); Proceso Acusatorio, Tutela de Derechos y Medios de Comunicación, por José Luis Eloy Morales Brand (México); Alegatos de Clausura, por Rafael Elmer Cancho (Perú); Lineamientos sobre las audiencias orales, por Leonardo Moreno Holman (Chile); Taller de Contrainterrogatorio, por Napoleón Armstrong Salas (Perú); Importancia de la Teoría del caso en el modelo acusatorio, por Leonardo Moreno Holman (Chile); Uso de las declaraciones previas, por Napoleón Armstrong Salas (Perú); Introducción de Prueba Material, por Felipe Marín Verdugo (Chile); y Lineamientos sobre medidas cautelares, por Nicolás Vargas (Argentina).