Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales requiere información a municipalidad provincial para verificar legalidad de recopilación de datos de extranjeros

Nota de prensa
La recopilación de datos personales sólo puede hacerse bajo el amparo de una ley y para una finalidad legítima en ella establecida.

1 de octubre de 2019 - 4:39 p. m.

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (APDP), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), a través de su Dirección de Fiscalización e Instrucción, requirió a la Municipalidad Provincial de Pisco información sobre la base legal que sustenta el registro de ciudadanos venezolanos que se estaría haciendo en dicha comuna, a decir de una publicación en una de las cuentas que tiene dicho gobierno provincial en una conocida red social.

Olga Escudero, directora de Fiscalización e Instrucción explicó que lo primero que corresponde es corroborar con la fuente oficial si esta recopilación de datos personales es cierta; si fuese así, cuál sería el propósito y la base legal para hacerlo. “Si de esta indagación se llega a la convicción que se estaría vulnerando la Ley de Protección de Datos Personales, Ley 29733, se iniciaría un procedimiento administrativo sancionador”, anotó.

Por su parte Eduardo Luna, Director General de la APDP explicó que no es la primera vez que se conoce de tratamientos de datos personales (recopilación, almacenamiento, difusión de datos) de cuestionable legalidad por parte de gobiernos locales.

“La APDP ha intervenido cuando hemos conocido de algún municipio que pretendía recopilar datos de los usuarios del servicio de transporte de micro-movilidad (scooters eléctricos) o de reparto a domicilio; o registrar y transmitir en vivo imágenes de personas videovigiladas con cámaras destinadas a resguardar la seguridad ciudadana. En estos casos, la indagación previa ha permitido que las autoridades tomen conocimiento de las exigencias de la Ley de Protección de Datos y hemos apreciado de su parte la adopción de medidas correctivas que han evitado que se ejerza la potestad sancionadora de la administración”; señaló el director Luna.

Para recopilar datos personales sin consentimiento, primero debe existir una norma legal que lo ampare. Una finalidad legítima trazada previamente por una ley. También debe verificarse que se recopilen los datos estrictamente necesarios para realizar dicha finalidad y que la entidad que los recopile adopte las medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad de los datos y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Por último, la entidad que recopila debe informar a las personas que pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación por el tratamiento que se realiza a sus datos personales.

Los ciudadanos que consideren que sus datos personales no son tratados adecuadamente, pueden presentar una denuncia ante la Dirección de Fiscalización e Instrucción de la APDP, enviando un correo a protegetusdatos@minjus.gob.pe Consultas al 204-8020, anexo 1030