Gobierno aprueba Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas al 2030
Nota de prensaPone énfasis en el enfoque humanitario y permitirá fortalecer la labor que desarrolla el Estado en esa materia con el liderazgo del MINJUSDH.



13 de julio de 2021 - 8:55 a. m.
El gobierno publicó hoy en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 011-2021-JUS, que aprueba el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas al 2030, herramienta que permitirá fortalecer la labor que viene desarrollando el Estado en esta materia con el liderazgo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH).
El Plan desarrolla la política pública creada mediante la Ley N° 30470, Ley de búsqueda de personas desaparecidas en el Perú durante el periodo de violencia de 1980 al 2000.
Esta herramienta de trabajo plantea cinco objetivos prioritarios. Entre estos, incrementar la efectividad de las investigaciones humanitarias para la determinación de la suerte y/o paradero de las personas desaparecidas durante el periodo de violencia; incrementar la aplicación de un enfoque humanitario en todas las instituciones relacionadas al trabajo de búsqueda y, además, optimizar el proceso de análisis de los restos humanos recuperados y de sus familiares para el trabajo de identificación.
Asimismo, busca reducir los efectos psicosociales negativos en los familiares, producidos por la desaparición y por el proceso de búsqueda; así como aumentar la participación con enfoque intercultural y de género de los familiares durante la búsqueda.
El Plan identifica las características del universo de 21,334 personas desaparecidas durante el periodo de violencia 1980 - 2000. A la fecha, el Estado peruano ha logrado concluir la búsqueda de 2,692 personas desaparecidas (33 halladas con vida y 2,659 con cuerpos restituidos a sus familiares), en tanto está pendiente la búsqueda de 18,642 personas.
El Estado cuenta además con información organizada en diversas categorías, gracias a la implementación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro (RENADE), que desde su creación acopia información al servicio de las investigaciones humanitarias.
El Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas al 2030 es resultado de un amplio debate con las instituciones que conforman el Grupo de Trabajo de seguimiento al proceso de búsqueda de personas desaparecidas y con las Mesas de Trabajo en las regiones Ayacucho, Huánuco y Junín. Ha recibido, además, aportes de familiares, organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas.
Establece un trabajo articulado entre el MINJUSDH, Ministerio Público, Ministerio de Salud y los gobiernos regionales, para resolver la magnitud de este problema público. Asimismo, define indicadores cuantitativos y cualitativos para medir el avance en la implementación de esta política pública, a través de un sistema de seguimiento y monitoreo en el que participan todas las instituciones involucradas.
La labor de búsqueda de personas desaparecidas durante el periodo de violencia es liderada por la Dirección General de Búsqueda de Personas (DGBPD) del MINJUSDH. Las respuestas se entregan a los familiares al concluir la investigación y comprenden, según sea el caso, la restitución del cuerpo, la entrega del informe final cuando no es posible recuperar el cuerpo de la persona desaparecida (después de haber agotado todos los medios de búsqueda disponibles), y el reencuentro familiar en los casos que se halle con vida a la persona desaparecida, si esa es la voluntad de las personas.
Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas al 2030
Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas al 2030