MINJUSDH alerta a padres: impedir o manipular el régimen de visitas puede ocasionar la pérdida de la tenencia
Nota de prensaEn el programa “Consultorio Legal” se explicó que influir negativamente en los hijos contra uno de los progenitores vulnera sus derechos y puede acarrear sanciones judiciales.


Fotos: MINJUSDH
20 de febrero de 2026 - 8:47 a. m.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) alertó que los padres o madres que obstaculicen el régimen de visitas o ejerzan manipulación emocional sobre sus hijos para afectar la relación con el otro progenitor pueden enfrentar consecuencias legales, incluso la pérdida de la tenencia.
La advertencia fue formulada durante el programa “Consultorio Legal”, espacio de orientación jurídica gratuita, conducido en esta edición por la defensora pública de Lima Sur, Angelina Rodríguez Cruz.
La especialista explicó que el régimen de visitas constituye, ante todo, un derecho del niño, niña y adolescente, no de los padres. En ese sentido, impedir el contacto con uno de ellos, generar rechazo mediante influencia emocional o incumplir una disposición judicial vulnera el derecho del menor a mantener vínculos familiares saludables.
Precisó que la legislación peruana faculta al juez a dictar medidas correctivas ante el incumplimiento del régimen de visitas. Asimismo, si se acredita una conducta reiterada de obstrucción o manipulación, conocida como alienación parental, el magistrado puede evaluar la variación de la tenencia, siempre en resguardo del interés superior del niño.
Rodríguez Cruz señaló también que el régimen de visitas puede establecerse por mutuo acuerdo entre los padres o ser fijado por el Poder Judicial cuando no existe consenso. Una vez determinado, su cumplimiento es obligatorio.
Cualquier modificación, añadió, debe tramitarse por la vía legal correspondiente y no de manera unilateral. “Las diferencias entre los padres no pueden trasladarse a los hijos. Su bienestar emocional debe estar por encima de cualquier conflicto”, enfatizó.
El MINJUSDH exhortó a las familias a priorizar la estabilidad emocional y psicológica de los niños, niñas y adolescentes, y a buscar orientación oportuna antes de adoptar decisiones que puedan perjudicarlos.
A través de la Defensa Pública, el sector brinda asesoría y patrocinio legal gratuito a personas de escasos recursos económicos en procesos de alimentos, tenencia y régimen de visitas. Los ciudadanos pueden comunicarse a la línea gratuita 1884 o acudir a cualquiera de las más de 402 sedes a nivel nacional.
El Ministerio reiteró que el interés superior del niño prevalece en toda decisión judicial y recordó que cualquier conducta que afecte su derecho a relacionarse con ambos padres puede ser revisada y sancionada conforme a ley.
Para conocer la oficina más cercana a su domicilio, pueden ingresar al portal oficial: www.gob.pe/defensapublica
La advertencia fue formulada durante el programa “Consultorio Legal”, espacio de orientación jurídica gratuita, conducido en esta edición por la defensora pública de Lima Sur, Angelina Rodríguez Cruz.
La especialista explicó que el régimen de visitas constituye, ante todo, un derecho del niño, niña y adolescente, no de los padres. En ese sentido, impedir el contacto con uno de ellos, generar rechazo mediante influencia emocional o incumplir una disposición judicial vulnera el derecho del menor a mantener vínculos familiares saludables.
Precisó que la legislación peruana faculta al juez a dictar medidas correctivas ante el incumplimiento del régimen de visitas. Asimismo, si se acredita una conducta reiterada de obstrucción o manipulación, conocida como alienación parental, el magistrado puede evaluar la variación de la tenencia, siempre en resguardo del interés superior del niño.
Rodríguez Cruz señaló también que el régimen de visitas puede establecerse por mutuo acuerdo entre los padres o ser fijado por el Poder Judicial cuando no existe consenso. Una vez determinado, su cumplimiento es obligatorio.
Cualquier modificación, añadió, debe tramitarse por la vía legal correspondiente y no de manera unilateral. “Las diferencias entre los padres no pueden trasladarse a los hijos. Su bienestar emocional debe estar por encima de cualquier conflicto”, enfatizó.
El MINJUSDH exhortó a las familias a priorizar la estabilidad emocional y psicológica de los niños, niñas y adolescentes, y a buscar orientación oportuna antes de adoptar decisiones que puedan perjudicarlos.
A través de la Defensa Pública, el sector brinda asesoría y patrocinio legal gratuito a personas de escasos recursos económicos en procesos de alimentos, tenencia y régimen de visitas. Los ciudadanos pueden comunicarse a la línea gratuita 1884 o acudir a cualquiera de las más de 402 sedes a nivel nacional.
El Ministerio reiteró que el interés superior del niño prevalece en toda decisión judicial y recordó que cualquier conducta que afecte su derecho a relacionarse con ambos padres puede ser revisada y sancionada conforme a ley.
Para conocer la oficina más cercana a su domicilio, pueden ingresar al portal oficial: www.gob.pe/defensapublica

