Aula Jurídica: Claves sobre el derecho de acceso a la información pública y los plazos de atención de las entidades

Nota de prensa
Especialista de la ANTAIP destacó la importancia del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, pues es clave para prevenir la corrupción y fortalecer la confianza ciudadana
Aula Jurídica: Claves sobre el derecho de acceso a la información pública y los plazos de atención de las entidades
Aula Jurídica: Claves sobre el derecho de acceso a la información pública y los plazos de atención de las entidades

12 de febrero de 2026 - 12:23 p. m.

En el “Aula Jurídica” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), la especialista de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP), Keysi Gallegos Aguilar, desarrolló el tema “Procedimiento de atención de las solicitudes de acceso a la información pública” y destacó que este derecho constituye una herramienta fundamental para prevenir la corrupción y fortalecer la confianza ciudadana en el Estado.

Durante su exposición, subrayó que un Estado transparente permite fiscalizar adecuadamente la gestión pública y el uso de los recursos, garantizando derechos esenciales como la libertad de expresión y el voto informado.

La especialista precisó que toda persona natural o jurídica puede solicitar información a las entidades públicas sin necesidad de expresar los motivos de su pedido. Estas deben entregarla en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, salvo que comuniquen oportunamente al solicitante el uso de un plazo excepcional o prórroga por limitaciones materiales debidamente justificadas. Añadió que dichas solicitudes también pueden formularse ante personas jurídicas de derecho privado que prestan servicios públicos, como colegios y universidades particulares. Asimismo, recordó que los solicitantes únicamente deben asumir los costos directamente vinculados con la reproducción de la información requerida, tales como copias simples o discos compactos.

En relación con las modalidades de entrega, explicó que la entidad puede otorgar acceso total cuando la información sea pública, o acceso parcial cuando el contenido incluya información clasificada como secreta (por razones de seguridad nacional), reservada (por orden interno) o confidencial (por protección de derechos fundamentales). En estos casos, corresponde permitir el acceso a la información pública, previa elaboración de versiones públicas o el respectivo testado de la información restringida.

Recalcó que toda denegatoria de acceso debe estar debidamente motivada y sustentada exclusivamente en las causales previstas por la ley. La entidad está obligada a señalar expresamente y por escrito las razones que justifican la aplicación de una excepción, así como el plazo durante el cual se mantendrá la restricción.

Asimismo, explicó que cuando el solicitante considere vulnerado su derecho (por recibir una respuesta incompleta, extemporánea o falsa, o ante cualquier otra afectación) puede interponer recurso de apelación ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TTAIP) dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de la negativa. En caso de silencio administrativo, no existe plazo para interponer dicho recurso. Alternativamente, puede presentar una demanda de hábeas data ante el Poder Judicial, sin necesidad de acudir previamente al órgano resolutivo administrativo.

Finalmente, recordó que la ANTAIP, en el ejercicio de sus funciones, supervisa el cumplimiento de la normativa en materia de transparencia y acceso a la información pública, además de absolver consultas sobre la interpretación de la ley. La ciudadanía puede contactarse a través del correo electrónico autoridaddetransparencia@minjus.gob.pe, llamar a la línea telefónica (01) 204-8020, anexo 2405, o visitar el portal institucional para revisar las opiniones consultivas emitidas por la entidad.

Cabe señalar que el “Aula Jurídica” del MINJUSDH se transmite quincenalmente a través del canal oficial de YouTube del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La última sesión puede visualizarse en el siguiente enlace:
https://www.youtube.com/watch?v=GGjhSyPyrXQ