Apoyos y salvaguardias: la herramienta legal que protege a las personas con discapacidad y garantiza sus decisiones
Nota de prensaEl Consultorio Legal del MINJUSDH explicó cómo acceder a este trámite gratuito que fortalece derechos y previene abusos.


Fotos: MINJUSDH
11 de diciembre de 2025 - 12:42 p. m.
En un contexto donde muchas personas con discapacidad aún enfrentan barreras para ejercer plenamente sus derechos, los apoyos y salvaguardias se consolidan como un mecanismo legal que garantiza su autonomía y protege su voluntad. Así lo explicó el abogado Roberto Chacaltana, defensor público, durante el programa Consultorio Legal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, espacio que orienta a la ciudadanía sobre sus derechos de manera gratuita y accesible.
En términos sencillos, los apoyos son personas que ayudan a que la persona con discapacidad pueda expresar su decisión, sin reemplazarla ni decidir por ella. A su vez, las salvaguardias son medidas de control que supervisan que ese apoyo actúe correctamente, evitando abusos y asegurando que siempre se respete la voluntad de la persona. A diferencia del curador, que tomaba decisiones en nombre de la persona, el apoyo solo acompaña y facilita su participación.
Además, señaló que este trámite es necesario cuando una persona mayor de edad, por su discapacidad, tiene dificultades para manifestar su voluntad, especialmente en gestiones importantes como solicitar una pensión de alimentos, tramitar una pensión de orfandad o realizar otros trámites legales. En estos casos, la ley brinda una vía clara para proteger sus derechos sin anular su capacidad de decisión.
Por otro lado, la designación de los apoyos puede realizarse de manera voluntaria ante notario o juez. Sin embargo, cuando la persona no puede expresar su voluntad, es el juez de familia quien interviene. Este proceso es no contencioso, es decir, no hay un demandado, y se enfoca en escuchar a la persona con discapacidad, a su entorno cercano y a las personas de confianza, con el fin de tomar la mejor decisión posible.
Asimismo, el especialista sostuvo que no solo los familiares pueden ser designados como apoyo. También pueden hacerlo amigos de confianza o incluso personas jurídicas, siempre que exista un vínculo real de cuidado, cercanía y confianza. De esta manera, se privilegia el bienestar de la persona con discapacidad por encima de los formalismos.
En cuanto a la prevención de abusos, las salvaguardias cumplen un rol clave, ya que establecen mecanismos de supervisión y plazos de revisión periódica. Estas medidas permiten fiscalizar la actuación del apoyo y asegurar que la voluntad y los derechos de la persona asistida sean respetados, evitando abusos.
De igual forma, recordó que las personas con discapacidad tienen derecho a seguir recibiendo pensión de alimentos después de los 18 años, siempre que la discapacidad debidamente comprobada de los hijos e hijas solteras les impida valerse por sí mismas manteniéndose así la obligación de los padres.
Finalmente, informó que la Defensa Pública brinda orientación gratuita en todo el país. Para ello, los ciudadanos pueden acercarse a cualquiera de las 402 sedes del MINJUSDH a nivel nacional para la asesoría y/o patrocinio legal gratuito en material civil, familia, víctimas y penal.

