Aula Jurídica: Bloqueo registral protege futura venta del inmueble

Nota de prensa
En esta edición se abordó el tema “Compraventa de inmuebles y su inscripción en SUNARP”.
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22 de octubre de 2025 - 3:23 p. m.

En el “Aula Jurídica” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) en la que se abordó el tema “Compraventa de inmuebles y su inscripción en Sunarp”, el abogado especializado en derecho civil, registral e inmobiliario y registrador público de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), Oscar Alberto Huerta Ayala, explicó que el bloqueo registral protege la futura venta del inmueble.

Detalló que el bloqueo registral es una medida preventiva que se anota en Registros Públicos con un plazo de 60 días hábiles. Para ello la solicitud será presentada por el notario que tiene a su cargo la formalización del acto y la copia simple de la minuta respectiva.

El abogado Huerta Ayala aclara que la sola inscripción del bloqueo no convierte en propietario, a nivel registral, al ciudadano sino que esta se concretará cuando se realice la compra venta definitiva. Precisa que durante la vigencia de la anotación del bloqueo no se puede registrar actos incompatibles.

Añadió que el bloqueo también sirve para otros actos que modifican o extinguen derechos reales como, por ejemplo, inscribir más adelante una hipoteca.

En la sesión, el abogado también respondió consultas de los ciudadanos sobre los servicios que brinda la SUNARP para la compraventa de inmuebles.

Es importante señalar que el Aula Jurídica del MINJUSDH se emite quincenalmente en el canal de YouTube del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Puedes ver la última clase en este enlace: https://www.youtube.com/watch?v=ugpgYzcCoCA