Consultorio Legal: Cuando no hay acuerdo para formalizar la unión de hecho, una de las partes puede presentar la demanda judicial

Nota de prensa
Defensora pública explicó que en el proceso debe acreditarse con medios probatorios el periodo de convivencia.
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15 de agosto de 2025 - 9:52 a. m.

En la última edición del programa virtual “Consultorio Legal” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) en el que se abordó el tema de convivencia, unión de hecho y matrimonio, la defensora pública Gianina Paucas explicó cuando no hay acuerdo de la pareja para formalizar la unión de hecho, una de las partes puede presentar la demanda judicial.

La abogada detalló que la demanda de reconocimiento de unión de hecho se tramita en la vía procedimental del proceso de conocimiento que se encuentra dentro de los procesos contenciosos. Mencionó que esta vía es compleja porque debe contarse con los medios probatorios para acreditar cuándo inicio y terminó la convivencia, si hubo vida común entre las personas, entre otros aspectos.

En la sesión, la defensora pública recomendó a la ciudadanía analizar cuál es su objetivo para plantear la demanda judicial para el reconocimiento de unión de hecho y mencionó que mayormente tiene un fin patrimonial dado que hay bienes que se adquieren en el periodo de convivencia.

La abogada Paucas indicó que cuando la pareja está de acuerdo y cumple con la condición de dos años de convivencia continuos, la unión de hecho puede llevarse a cabo de manera notarial con la presencia de dos testigos.

En la edición del Consultorio Legal se recordó a los ciudadanos que pueden comunicarse a la línea gratuita Fono Alegra 1884 donde recibirán asesoría para gestionar diferentes trámites.