Comunicado

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16 de julio de 2025 - 12:48 a. m.

Hacemos de conocimiento de todos los servidores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 1057 que, luego de cinco (05) meses de proceso de negociación colectiva con las organizaciones sindicales MINJUS CAS y FENATDEPU, el día 15 de julio no se logró suscribir convenio colectivo debido a la posición negativa asumida por los representantes de dichas organizaciones.

Durante la etapa de trato directo llevada a cabo en el Auditorio de la Entidad, ambas partes (representación del MINJUSDH y representación sindical) lograron consensuar un total de 16 cláusulas sin incidencia económica. No obstante, cuando aún no se contaba con el Informe de Estado Situacional elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que determina la asignación de espacio fiscal a las entidades públicas, las organizaciones sindicales optaron por la conclusión de la etapa de trato directo e iniciar la etapa de conciliación ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Durante las reuniones de conciliación, llevadas a cabo los días 10 y 14 de julio, la representación de la Entidad comunicó a las organizaciones sindicales que se encontraba gestionando ante el MEF la repriorización de la Asignación Presupuestaria Multianual (APM) con el fin de incrementar los recursos disponibles para la negociación colectiva y procurar una mejora en los trabajadores.

El día 15 de julio, a las 3:00 p. m., el MEF comunicó la autorización de la repriorización de la APM por la suma de S/638,703.00, lo cual resulta un monto adicional al espacio fiscal asignado de S/847,332.00.

En la reunión sostenida el día 15 de julio, la Entidad acordó las cláusulas relativas a desplazamiento de personal (modificación contractual respecto del lugar de trabajo) y equipos de seguridad para el desempeño de labores.

En cuanto a la distribución de la disponibilidad presupuestal (conformada por el espacio fiscal y la repriorización de la APM), las organizaciones sindicales plantearon una distribución de S/50.00 para los servidores no sindicalizados y de S/633.00 para los servidores sindicalizados.

Por su parte la Entidad hizo la propuesta de S/175.10 para los servidores no sindicalizados y de S/500.00 para los servidores sindicalizados. Cabe indicar que en el convenio colectivo suscrito en el año 2024, los servidores sindicalizados sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 1057 obtuvieron la suma de S/410.00.

Así pues, no obstante el esfuerzo realizado por la Entidad para incrementar el monto a ser distribuido en la negociación colectiva a través de la repriorización de la APM, y habiéndose ofrecido un monto mayor para los servidores sindicalizados, sus representantes en la mesa de negociación decidieron no aceptar la propuesta de la Entidad y firmar un acta de no acuerdo.

Lamentamos la decisión adoptada por los representantes de las organizaciones sindicales de los servidores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 1057 que afecta los intereses de todos los trabajadores CAS de la Entidad, dando lugar a que el espacio fiscal asignado en el Informe del MEF se pierda y no se vea reflejado en el presupuesto del próximo año 2026; así como los consensos arribados respecto a las cláusulas sin incidencia económica que redundaban en beneficios de todos los servidores CAS de la Entidad.