Se puede solicitar aumento de pensión alimenticia incluso si el obligado vive en el extranjero

Nota de prensa
En nueva edición del “Consultorio Legal” se atendieron diversas consultas de la ciudadanía.
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3 de abril de 2025 - 3:21 p. m.

En la última transmisión del programa virtual “Consultorio Legal” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), en las que se abordaron consultas sobre Defensa Pública, se informó que una madre puede solicitar el aumento de pensión alimenticia incluso si el obligado vive en el extranjero.

La defensora pública Gloria Faustor explicó que, para iniciar este proceso, la madre del menor deberá conocer la dirección donde el obligado está viviendo en el exterior, precisando incluso que puede considerarse la dirección declarada en la ficha RENIEC. De ser así, la mamá puede interponer la demanda en la jurisdicción más cercana a su domicilio.

En ese sentido, la especialista señaló que para el aumento de alimentos hay dos presupuestos importantes que se deben demostrar dentro del proceso: que se ha incrementado la necesidad del alimentista y acreditar que la capacidad económica del obligado ha mejorado, es decir, que tiene más ingresos.

Ante consultas del público, la defensora pública precisó que el caso de pensión de alimentos se inicia con un proceso civil ante el Juzgado de Paz Letrado dentro del cual se establece una pensión para el niño. Acotó que el incumplimiento del pago puntual constituye un delito denominado omisión a la asistencia familiar.

En esa línea, la defensora pública Lissi Trujillo recordó a la ciudadanía que los procesos de omisión a la asistencia familiar suelen tramitarse bajo un proceso inmediato. Afirmó que la Defensa Pública participa desde el inicio hasta el fin que es lograr la sentencia que ordene el pago de la liquidación y reparación civil por los daños que se han causado.

Trujillo resaltó el trabajo conjunto entre las diversas áreas de la Defensa Pública para abordar diferentes casos en beneficio de la ciudadanía.