Consultorio legal: un hijo puede ser desheredado si es que ejerce violencia contra sus padres
Nota de prensaDefensor público explicó que la normativa establece causales para la desheredación.


27 de marzo de 2025 - 3:02 p. m.
En la última transmisión del programa virtual “Consultorio Legal” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) se absolvieron consultas sobre la repartición de herencia. El defensor público Roberto Chacaltana explicó que un hijo puede ser desheredado si ejerce violencia contra sus padres.
Señaló que, si el padre nota que la conducta del hijo no es la mejor hacia él debido a que no le brinda alimentos, le causa violencia o atentó contra su vida, puede ir a una notaría y puede desheredarlo mediante un testamento.
El abogado Chacaltana señaló que, el padre invocará las causales que establece la normativa: negar alimentos, cometer actos de violencia o atentar contra su vida.
En la transmisión, el defensor público señaló que en el caso de adultos mayores que acuden a una notaría, es el notario quien certificará que la persona está en pleno uso de sus facultades mentales y la voluntad de las personas para realizar trámites como sucesión intestada, anticipo de legitima y otros.
El abogado recordó a la ciudadanía que revise si sus documentos están en regla y estén bien escritos los nombres de los padres o en otros casos deben verificar estar reconocidos por sus padres, para aquellos hijos nacidos fuera del matrimonio, para que, de darse el fallecimiento de los progenitores y existen bienes de por medio, se pueda ejercer la sucesión intestada sin problema alguno.
Señaló que, si el padre nota que la conducta del hijo no es la mejor hacia él debido a que no le brinda alimentos, le causa violencia o atentó contra su vida, puede ir a una notaría y puede desheredarlo mediante un testamento.
El abogado Chacaltana señaló que, el padre invocará las causales que establece la normativa: negar alimentos, cometer actos de violencia o atentar contra su vida.
En la transmisión, el defensor público señaló que en el caso de adultos mayores que acuden a una notaría, es el notario quien certificará que la persona está en pleno uso de sus facultades mentales y la voluntad de las personas para realizar trámites como sucesión intestada, anticipo de legitima y otros.
El abogado recordó a la ciudadanía que revise si sus documentos están en regla y estén bien escritos los nombres de los padres o en otros casos deben verificar estar reconocidos por sus padres, para aquellos hijos nacidos fuera del matrimonio, para que, de darse el fallecimiento de los progenitores y existen bienes de por medio, se pueda ejercer la sucesión intestada sin problema alguno.